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Autorización para crear Escuela de Conductores Profesionales o Clase A
Institución: Subsecretaría de Transportes
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
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Autorización para crear Escuela de Conductores Profesionales o Clase A
Descripción: Incluye la aprobación de los planes y programas de estudio y una inspección ocular de la sede y taller mecánico.
Para quién: Personas naturales o jurídicas que quieren crear una Escuela de Conductores Profesionales o Clase A.
Formularios: FormularioDescargar
Ficha Completa

La aprobación de los Planes y Programas y la obtención del Reconocimiento Oficial de la Escuela son indispensables para el funcionamiento de la misma, debe ser solicitada a SEREMITT para su evaluación y posterior aprobación para su reconocimiento oficial. En relación a la Sede de funcionamiento y Taller mecánico, estos son sometidos a una inspección ocular previa, realizada por el Departamento de Fiscalización.

Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones de cada Región

  • Cualquier persona natural o jurídica.
  • En caso de tratarse de persona jurídica, debe constar en la escritura social de constitución y en los antecedentes de legalización de la sociedad, que el objeto de la sociedad es la formación teórica y práctica de conductores profesionales y la prestación de servicio de capacitación para los mismos. No pueden tener entre sus socios o bajo dependencia, a cualquier título, a funcionarios públicos o municipales que cumplan labores de control y fiscalización de las Escuelas de Conductores. Él o los propietarios y El o los representantes legales de las Escuelas deberán acreditar idoneidad moral cuya calificación se hará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 18.290.
  • Llenar los formularios de solicitud de actividades de capacitación y
  • El formulario de solicitud de aprobación de Escuela de Conductor Profesional, los cuales se hayan disponibles a través de Internet en la página web: www.mtt.cl
  1. Nombre, RUT, nacionalidad y domicilio de la o de las personas naturales o jurídicas propietarias de la Escuela.
  2. Nombre, RUT, nacionalidad, domicilio y certificado de antecedentes del o de los representantes legales de la Escuela.
  3. Escritura social de constitución y los antecedentes de legalización de la sociedad, en caso de tratarse de persona jurídica, en que conste que el objetivo de la sociedad es la formación teórica y práctica de conductores profesionales y la prestación de servicios de capacitación para los mismos.( y sus modificaciones, si las hubiere)
  4. Domicilio de la Escuela dentro de la región, dirección de correo electrónico, número de teléfono y de fax.
  5. Señalar la infraestructura y equipamiento de la Escuela según lo establecido en el Decreto Supremo 251/98.( Acompañar contrato de modalidad de tenencia: Arriendo, Propiedad, Comodato)
  6. Indicar el curso o cursos que impartirá (A1, A2, A3, A4, A5).
  7. Títulos, especialidades, experiencia del personal docente y Certificado de Antecedentes Personales (Curriculum deben estar firmados por cada relator).
  8. Declaración jurada de que no existen funcionarios públicos y/o municipales que cumplan labores de control y fiscalización de Escuelas de Conductores, en el dominio o como dependiente de éstas.
  9. Los planes y programas de estudio, según lo estipulado en los objetivos planteados por el Artículo 31a de la Ley de Tránsito.( 3 ejemplares anillados y con sus páginas mecanografiadas)
  10. Copia de Póliza de Seguro. a favor de terceros por una cantidad no inferior a 1.000 (mil) Unidades de Fomento, por cada vehículo destinado a la instrucción práctica, lo que deberá acompañarse en el momento en que el Secretario Regional Ministerial la solicite con el objeto de dictar la Resolución de Reconocimiento, que se demora aproximadamente 30 días.
  11. Documentos de Vehículos:
    11.1) Generales Exigidos por Ley de Tránsito: Permiso de Circulación, Revisión Técnica, Seguro Obligatorio, Certificado de Emisiones Contaminantes.
    11.2) Certificado de Anotaciones Vigentes o Contrato de Arrendamiento de cada vehículo
    Estos documentos se deben adjuntar con los formularios antes descritos.
  12. 12) Pre aprobación del circuito práctico de la municipalidad

El plazo legal es de 90 días.

Resolución Exenta que aprueba Planes y Programas y Otorga Reconocimiento Oficial a la Escuelas de Conductores Profesionales.

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