Beneficio creado en el marco de la Reforma Previsional que permite la afiliación de aquellas personas que no están obligadas a incorporarse a una institución previsional (AFP).
Permite formular reclamos ante el organismo fiscalizador -e incluso el Sernac- cuando no se concede el beneficio de asignación, cuando éste se suspende o pone término indebidamente; o bien, cuando el monto pagado no corresponde.
Cualquier trabajador afiliado a Fonasa, que tenga algún reclamo que formular en contra de la resolución de una Compin o una CCAF, puede recurrir a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso). Los afiliados a una Isapre deben reclamar primero ante la Compin, y si no están de acuerdo con lo resuelto, efectuar el reclamo ante la Suseso.
Beneficio creado en el marco de la Reforma Previsional que obliga a los empleadores a pagar las cotizaciones destinadas al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia de sus trabajadores. Entrará en vigencia gradualmente a partir del 1 de julio del 2009.
Mecanismo de ahorro que ofrece la empresa, según el cual los ahorros voluntarios realizados por los trabajadores son complementados por sus respectivos empleadores.
Prestación de carácter económico que se asigna a un trabajador y otros beneficiarios por cada una de las personas que vivan a sus expensas y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Permite obtener la devolución de los gastos funerarios ocasionados por el fallecimiento de un imponente activo o beneficiario del Personas que hayan efectuado los gastos funerarios de un beneficiario del Asignación por fallecimiento de afiliados al Instituto de Previsión Social (ex INP).
Para acceder a estos beneficios el trabajador que contrata un APV individual o colectivo, debe indicar si desea el pago o exención de impuestos al momento de realizar el aporte o al retirar los recursos de ahorro voluntario.
Beneficio creado en el marco de la Reforma Previsional, que incrementará el monto de la pensión de las mujeres madres a través del otorgamiento de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado.
Permite al afiliado al nuevo sistema de pensiones, seguir cotizando en una Administradora de Fondos de Pensiones en Chile y, por tanto, quedar exento de hacerlo en el país que lo contrata.
Certificado de períodos de tiempo con imposiciones a los distintos fondos en Capredena, reconocimientos de tiempos, períodos sin imposiciones, permisos sin goce de sueldos, fecha inicial de cotización al Fondo de desahucio, etc.
Servicio que permite comparar la calidad de servicio, precio y rentabilidad de las AFP. Además los afiliados pueden confirmar la institución previsional a la que están afiliados y acceder a información actualizada sobre la ubicación de las agencias en todo el país.
Con el fin de igualar los derechos y deberes entre los de los trabajadores dependientes e independientes, la Reforma Previsional instaura la afiliación obligatoria de los trabajadores independientes al Sistema de Pensiones, al Sistema de Salud y al Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Permite declarar las cotizaciones previsionales ante el Instituto de Previsión Social (IPS, ex INP), el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y de Fonasa. Asimismo es posible pagar en línea o generar el cupón de pago de dichas obligaciones.
Subsidio estatal para todos los afiliados al sistema de pensiones que no alcanzan a obtener una pensión mínima de acuerdo al artículo 73 del D.L. N° 3.500.
Devolución total por parte del Instituto de Previsión Social (ex INP), de los fondos de indemnización acumulados por el imponente. Los montos varían dependiendo del período en que se realizaron las cotizaciones.
En reemplazo de la antigua Libreta del Seguro Social, el IPS proporciona a algunos de sus imponentes, una Libreta o Talonario para el pago de las imposiciones.
Pensión mensual, permanente y vitalicia a que tiene derecho el imponente que ha desarrollado labores consideradas como trabajo pesado. La solicitud se formaliza a través del formulario "Solicitud de Beneficios Previsionales".
Beneficio que responde a la necesidad de reparar el daño previsional causado a trabajadores que perdieron sus empleos por motivos políticos en el período de dictadura militar, desde el 11.09.73 al 10.03.90. Se debe presentar una solicitud al Presidente de la República, a través del Ministerio del Interior para acogerse a los beneficios previsionales.
Permite recuperar e ingresar en Fonasa las cotizaciones pagadas por error en isapre y que debían ser pagadas en Fonasa según la última afiliación del cotizante.
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