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Certificado de desplazamiento o excepción
Institución: Superintendencia de Pensiones
Informacion Vigente desde:04 de Junio de 2009
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Certificado de desplazamiento o excepción
Descripción: Permite al afiliado al nuevo sistema de pensiones, seguir cotizando en una Administradora de Fondos de Pensiones en Chile y, por tanto, quedar exento de hacerlo en el país que lo contrata.
Para quién: Personas afiliadas al Sistema Previsional de Capitalización Individual, que desde Chile vayan a realizar labores de carácter temporal a un Estado Contratante que mantiene un Convenio de Seguridad Social vigente con nuestro país.
Formularios: FormularioDescargar
Ficha Completa

La Superintendencia de Pensiones emite, a solicitud de la persona interesada, un Certificado de Desplazamiento o Excepción que permite al afiliado al nuevo sistema de pensiones, seguir cotizando en una Administradora de Fondos de Pensiones en Chile y, por tanto, quedar exento de hacerlo en el país que lo contrata, siempre que exista un convenio de seguridad social entre ambas naciones.

Actualmente Chile mantiene convenios bilaterales de Seguridad Social con los siguientes estados: Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, España, Estados Unidos, Francia, Holanda (P.Bajos), Luxemburgo, Noruega, Perú, Portugal, Quebec, Suecia, Suiza, Uruguay.

Personas afiliadas al Sistema Previsional de Capitalización Individual, que desde Chile vayan a realizar labores de carácter temporal a un Estado Contratante que mantiene un Convenio de Seguridad Social vigente con nuestro país.

  • Contar con autorización de la Superintendencia de Pensiones.
  • El trabajador debe cumplir las condiciones y el período máximo de desplazamiento, establecidos en el respectivo Convenio de Seguridad Social.
  • El empleador y/ o el trabajador, según se estipule en el respectivo Convenio de Seguridad Social, debe suscribir el Formulario de Desplazamiento o Excepción.
  • Remitir el formulario con los antecedentes solicitados a la Superintendencia de Pensiones.
  • Adjuntar carta que indique la situación laboral del trabajador en Chile, y en el país de destino; señalar la relación laboral que existe entre la empresa en Chile con la del Estado Contratante; si corresponde, especificar en qué calidad se enterarán las cotizaciones previsionales en Chile (trabajador dependiente o independiente).
  • Completar el formulario con letra imprenta.
  • 3 copias del formulario "Certificado de Desplazamiento o Excepción", dejando en blanco lo que corresponde a la "Institución Competente" o al "Organismo de Enlace".
  • Si el trabajador continuare cotizando en Chile como trabajador dependiente
  • Fotocopia legalizada ante Notario del contrato de trabajo vigente en Chile, donde se indique el Estado Contratante de destino y el período de desplazamiento. Esto último podrá ser parte de un anexo del Contrato inicial.
  • En caso que el trabajador cotice en Chile como trabajador independiente:
  • Fotocopia legalizada del contrato de trabajo en el otro Estado Contratante.
  • Declaración Jurada Simple en la que el trabajador se compromete a cotizar mensualmente para el Fondo de Pensiones en la Administradora en que se encuentra afiliado en Chile, en calidad de trabajador independiente e indicando la forma en que cotizará: por depósito cuenta ahorro voluntario, mediante un tercero, etc.
  • Fotocopia de las 3 últimas planillas de pago de cotizaciones al Sistema de A.F.P.

Gratuito.

Luego debe entregar el formulario en cualquiera de las Oficinas de Atención de público de la Superintendencia de Pensiones:

  • Santiago: Morandé 249. El horario de atención es de lunes a jueves de 9:00 a 15:00 horas; y los viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • Antofagasta: Washington 2534. El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Teléfono: (56-55) 228 340.
  • Concepción: Castellón 435 piso 7. Teléfono (56-41) 290 6488.
  • Puerto Montt: Urmeneta 509, primer piso. Teléfono (56-65) 560 660.

Certificado de Desplazamiento o Excepción.

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