Subsidio al arrendamiento a largo plazo de inmuebles de propiedad de terceros (Alta Tecnología)
Institución:
Corporación de Fomento de la Producción (CORFO)Última actualización: 15/12/2010
Descripción:
Cofinanciamiento, no reembolsable, destinado al arrendamiento de inmuebles de propiedad de terceros, por un plazo no inferior a cinco años, asociado a un proyecto de inversión.
Para quién:
Empresas extranjeras y entidades tecnológicas extranjeras, centros, entidades o instituciones tecnológicas nacionales y empresas nacionales.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Esta línea de apoyo de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) consiste en el cofinanciamiento, no reembolsable, destinado al arrendamiento de inmuebles de propiedad de terceros, por un plazo no inferior a cinco años, asociado a un proyecto de inversión. El valor de la renta de arrendamiento será el de mercado, determinado por la correspondiente tasación comercial. Lo anterior, enmarcado en proyectos de inversión de alta tecnología, entendiéndose por ellos, los que favorezcan en forma intensiva el desarrollo o uso de nuevas tecnologías en los campos de:
- Tecnologías de información y comunicaciones.
- Biotecnología.
- Nuevos materiales.
- Electrónica e ingeniería de procesos.
También serán elegibles los proyectos que apliquen nuevas técnicas de producción en la elaboración y agregación de valor a la industria de recursos naturales en el país.
Estos proyectos podrán ser desarrollados en diversos sectores o áreas productivas como el financiero, transporte, bienes de consumo, energía, telecomunicaciones y retail; cluster productivos del sector minería, acuicultura, fruticultura, agroindustria e industria del vino; industrias tecnológicas (TICs, tecnologías médicas, biotecnología, microelectrónica, entre otras).
Son áreas susceptibles de inversión los centros de atención a clientes; de servicios compartidos; de reparación, ensamblaje, distribución y logística; de tecnologías de la información y desarrollo de software; de integración y desarrollo tecnológico; de investigación tecnológica; de ensayos clínicos, knowledge centers.
¿A quién está dirigido?
- Empresas extranjeras que pretendan ejecutar proyectos de inversión de alta tecnología en cualquiera de las regiones del país y que contemplen una inversión igual o superior a 500.000 dólares. Se entenderá por empresas extranjeras aquellas constituidas en el exterior y aquellas creadas en Chile, conforme a la ley chilena, cuyo capital ha sido aportado mayoritariamente directa o indirectamente, a través de empresas constituidas en el exterior. Si el postulante es un consorcio, la inversión puede realizarla una de las empresas que lo integran para que todas puedan beneficiarse con los subsidios. Para ello deberán designar un mandatario común y se exigirá que todas las empresas se comprometan a desarrollar un proyecto común.
- Entidades tecnológicas extranjeras constituidas en el exterior o constituidas legalmente en Chile como persona jurídica, que pretendan ejecutar proyectos de inversión de alta tecnología en cualquiera de las regiones del país y que contemplen una inversión igual o superior a 500.000 dólares.
- Excepcionalmente, pueden postular centros, entidades o instituciones tecnológicas nacionales, con personalidad jurídica propia, en la medida que concurran con una empresa o entidad tecnológica extranjera, bajo una modalidad asociativa (convenios de colaboración, asociatividad, coejecución y otros similares) para ejecutar en forma conjunta un proyecto. Para esta modalidad de postulación, el monto de inversión del proyecto podrá ser inferior a 500.000 dólares.
- Empresas nacionales. Sólo respecto de proyectos a ejecutarse en la Provincia de Valparaíso, V Región que pretendan ejecutar proyectos de inversión de alta tecnología y que contemplen una inversión igual o superior a 1.000.000 de dólares.
Requisitos
A esta línea se puede postular durante todos los días del año, mediante sistema de ventanilla abierta. Para ello se debe presentar el formulario de postulación completo y adjuntar los documentos que se detallan a continuación.
Documentos requeridos
- Completar el formulario de postulación y adjuntar los documentos que se especifican, tales como antecedentes financieros y legales de la entidad postulante, el plan de negocios que incluye el plan de inversión.
- Estos documentos deben ser firmados por el representante legal de la entidad postulante.
¿Dónde se realiza?
Las empresas o entidades tecnológicas referidas en los números 1,2 y 3 del campo "A quién está dirigido" deberán presentar su solicitud a la Gerencia de Desarrollo Empresarial de Corfo (Moneda 921, Oficina 615, Santiago, Chile), la que asignará un ejecutivo que apoyará el proceso de postulación.
Las empresas nacionales referidas en el número 4 del campo "A quién está dirigido" deberán presentar su solicitud a la Dirección Regional Corfo Valparaíso (Avda. Errázuriz 1178, 5° piso, Valparaíso), la que asignará un ejecutivo que apoyará el proceso de postulación.
Tiempo de realización
No informa
Costo
No informa
Resultado
- El monto del subsidio no podrá ser superior al 40% del valor de la renta de arrendamiento de los cinco primeros años, con un tope máximo de 1.000.000 de dólares por empresa.
- Se subsidiarán arriendos con fecha de contrato posteriores a la fecha del Acuerdo del Comité.
- Podrán considerarse contratos de arriendos celebrados entre la fecha de postulación y el respectivo Acuerdo del Comité, siempre y cuando hayan sido previstos en la postulación.
- Si una empresa postula a los subsidios a la inversión en activos fijos inmovilizados y al arrendamiento a largo plazo de inmuebles, el monto máximo que se le otorgue por ambos, no podrá ser superior a 2.000.000 dólares por proyecto.
Observaciones
- Una vez recibidos todos los antecedentes de la postulación, la Subgerencia de Programación Estratégica de Corfo, o Dirección Regional de Valparaíso en su caso, iniciará el proceso de evaluación del proyecto y de la preparación del resumen ejecutivo para el Comité de Alta Tecnología, instancia facultada para acordar y decidir sobre la adjudicación de cofinanciamiento a los proyectos.
- La aprobación del proyecto se consignará en un Acuerdo del Comité de Alta Tecnología, el cual será comunicado a la empresa o entidad mediante carta de Corfo con el detalle de los subsidios aprobados y las condiciones de materialización específicas requeridas para el proyecto. En el evento de rechazo de la postulación, se consignará en la comunicación las causales respectivas.
- En caso de aprobación, se procede a la suscripción del contrato entre Corfo y la empresa, una vez cumplido el hito de materialización establecido por Corfo. Se anexarán al contrato el plan de negocios, que incluye el plan de inversiones y el contrato de arriendo firmado ante notario. Posterior a ello, se emite una Resolución administrativa que aprueba dicho contrato.
- Lo que respecta al pago del Subsidio, éste se realiza una vez se ha verificado la materialización del proyecto, contra presentación de los comprobantes de pago del arrendamiento.


