Autorización y acreditación de Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC)

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Última actualización: 03/11/2008

Descripción:

Sence acredita a las empresas autorizadas para diseñar y desarrollar actividades de capacitación o cursos con franquicia tributaria.

Para quién:

Instituciones y empresas que prestan servicios de capacitación.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

Un Organismo Técnico de Capacitación, OTEC, es una entidad facultada para ejecutar:

  • Acciones de capacitación para empresas, que dé derecho a acceder a la franquicia tributaria de capacitación;
  • Acciones de capacitación cuyo financiamiento provenga del Fondo Nacional de Capacitación, Foncap;
  • Acciones de capacitación cuyo financiamiento provenga de los presupuestos de los organismos públicos para la capacitación de sus funcionarios.
  • Los requisitos básicos para solicitar la inscripción en el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación administrado por el SENCE son:
  • Contar con personalidad jurídica, la que deberá tener como único objeto social la "prestación de servicios de capacitación" (a excepción de las Universidades, Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales y Municipalidades)
  • Acreditar que la entidad dispone de la certificación bajo la Norma Chilena de Calidad para Organismos Técnicos de Capacitación NCh 2728, establecida como Norma Oficial de la República por la Resolución Exenta Nº 155, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicada en el Diario Oficial el 19 de mayo de 2003, o aquella que la reemplace.
  • Disponer en forma permanente de una oficina administrativa en la región en la cual se solicita su inscripción en el Registro, acreditada según lo establece el Reglamento.

¿A quién está dirigido?

A entidades que cumplan con los requerimientos establecidos en la Ley Nº 19.518 y sus modificaciones, sus correspondientes Reglamentos y toda la normativa vigente y relacionada.

Requisitos

Ver en www.sence.cl , opción "OTEC", "Cómo acreditar un OTEC y otras entidades", "OTEC", la "Guía para la acreditación de OTEC" en donde aparecen todos los requisitos para solicitar la acreditación.

Documentos requeridos

Remitirse a la "Guía para la acreditación de OTEC"

¿Dónde se realiza?

En las Direcciones Regionales del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE.

Tiempo de realización

El plazo legal es de 30 días hábiles desde la presentación de la solicitud en la respectiva Dirección Regional del SENCE.

Costo

El trámite no tiene costo.

Resultado

Autorización y acreditación por parte del SENCE respecto de una entidad jurídica que pretende ser reconocida como Organismo Técnico de Capacitación.

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