Resolución de reclamación sobre la conformación o negativa a proporcionar equipos de emergencia para realizar labores de trabajadores en huelga
Institución:
Dirección del TrabajoÚltima actualización: 21/12/2009
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Observaciones
¿En qué consiste?
El empleador debe presentar su reclamación dentro del plazo de 5 días contados desde que fue notificado por la comisión negociadora del rechazo a su petición para proporcionar un equipo de emergencia y/o no se encuentre conforme con la composición del equipo ofrecido por dicha comisión.
¿A quién está dirigido?
Empleadores
Requisitos
Que la huelga se haya aprobado o esté en curso
Que exista la respectiva comunicación por escrito de la Comisión negociadora donde se nieguen o indiquen la composición del equipo de emergencia
¿Dónde se realiza?
Inspecciones del Trabajo (unidad jurídica)
Tiempo de realización
El plazo legal es de 48 horas contadas desde el ingreso de la reclamación.
Costo
El trámite no tiene costo
Observaciones
La Comisión Negociadora y/o el empleador pueden apelar la Resolución en el Juzgado de Letras del Trabajo, dentro del plazo de 5 días

