Autorización para el ejercicio docente a personas sin título
Institución:
Ministerio de EducaciónÚltima actualización: 19/07/2011
Descripción:
Permite ejercer la docencia en establecimientos de Educación Parvularia, Básica, Media, Adultos y Especial, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación (Mineduc).
Para quién:
Sostenedores que requieran autorizar a una persona para ejercer como docente de aula en su establecimiento.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
El Ministerio de Educación (Mineduc) puede autorizar el ejercicio docente a personas sin título docente, en los establecimientos de Educación Parvularia, Básica, Media (ambas modalidades), Educación de Adultos y Educación Especial, reconocidos oficialmente.
Esta autorización se entrega en situaciones excepcionales, cuando no hay profesionales suficientes para cubrir las necesidades o los existentes no estén disponibles o se trate de algunas actividades para las cuales no hay formación universitaria.
La autorización, por regla general, tiene una duración de 1 año (hasta el último día del mes de febrero del año calendario siguiente a aquel en que fue concedida).
¿A quién está dirigido?
A sostenedores que requieran autorizar a una persona para ejercer como docente de aula en su establecimiento.
Requisitos
- La autorización para ejercer docencia se otorgará preferentemente a quienes poseen título docente en una especialidad o nivel diferente, o a quienes posean certificados de validación o competencia indiscutible para ejercer la docencia.
- Más detalles en el Decreto Supremo de Educación Nº 352 del 2003 y en laResolución Exenta N°1913 /2005.
La solicitud debe contener los siguientes antecedentes:
- Nombre completo de la persona para la que se pide autorización.
- Domicilio.
- Establecimiento educacional donde ejercerá la docencia de aula: nivel, modalidad, curso, subsector o módulo de aprendizaje.
- Dirección, número de teléfono y Rol Base de Datos (RBD) del establecimiento educacional.
- Experiencia docente si la tuviera.
Documentos requeridos
- Solicitud (firmada por el sostenedor).
- Certificado de Antecedentes.
- Ejemplar de periódico de circulación nacional en que conste la publicación del llamado público para llenar el cargo vacante.
- Título profesional o técnico o estudios realizados, según los casos.
- Informe de desempeño del solicitante en los casos de renovación de la autorización.
- Otros antecedentes que el solicitante estime necesarios.
¿Dónde se realiza?
En las Secretarías Regionales Ministeriales o Departamento Provincial de Educación correspondiente.
Tiempo de realización
- Presentar la solicitud antes del 1° de febrero del año respectivo.
- El secretario o la secretaria regional ministerial o el jefe del Departamento Provincial de Educación, debe pronunciarse dentro del plazo de los 30 días siguientes a la fecha de solicitud.
Costo
0,1 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Resultado
Autorización para ejercicio docente.
Observaciones
Previo a otorgar la autorización, el Secretario Regional Ministerial (Seremi) debe certificar la carencia de profesores titulados en la localidad de que se trate. Se entiende que no hay profesores disponibles cuando:
- No se encuentre inscrito en el Rol de Postulantes ningún profesor titulado o habilitado en el nivel o especialidad que se requiere.
- Ninguno de los inscritos desea ejercer docencia en el establecimiento que ofrece la vacante.
- Previo llamado público, realizado por el Sostenedor, para llenar cargos en un periódico de circulación nacional, no se presente ningún interesado.
- En caso que la necesidad de reemplazar la falta de docentes se produzca durante el año escolar, no es necesario el llamado público para autorizar el ejercicio docente.

