Registro de Colaboradores del Estado
Institución:
Subsecretaría de HaciendaÚltima actualización: 08/06/2011
Descripción:
Cuenta con información de los órganos, servicios públicos y personas jurídicas receptoras de fondos públicos, según lo estipula la Ley 19.862.
Para quién:
Personas jurídicas que son susceptibles de recibir transferencias de fondos públicos; órganos y servicios públicos incluidos en la Ley de Presupuestos; municipios que efectúen transferencias e instituciones que autorizan donaciones o franquicias tributarias.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
¿En qué consiste?
El Registro Central de Colaboradores del Estado está a cargo de la Subsecretaría de Hacienda y cuenta con información de los órganos, servicios públicos y personas jurídicas receptoras de fondos públicos, según lo estipula la Ley 19.862.
Las entidades obligadas a llevar Registros Institucionales deben remitir la información en ellos contenida a la Subsecretaría de Hacienda, a más tardar el primer día hábil de la segunda semana del mes siguiente del que correspondan las transferencias, a través de la plataforma en internet habilitada para ello.
¿A quién está dirigido?
- Personas jurídicas que son susceptibles de recibir transferencias de fondos públicos, tal como lo define la Ley 19.862.
- Órganos y servicios públicos incluidos en la Ley de Presupuestos.
- Municipios que efectúen transferencias.
- Instituciones que autorizan donaciones o franquicias tributarias.
Requisitos
- Entregar individualización del órgano o servicio público, o municipio que realice la transferencia.
- Individualización de la persona jurídica receptora de estos fondos públicos, indicando su constitución u obtención de personalidad jurídica y su vigencia, así como su nombre o razón social, Rol Único Tributario, objeto social, composición de su directorio, domicilio, área de especialización y antecedentes financieros.
- El monto y fecha de la transferencia, señalándose el marco legal de su aplicación.
- El objeto o destino de la aplicación de dichos fondos públicos, con indicación de la Región y comuna donde éste se materializará.
- El resultado de los controles efectuados por la Contraloría General de la República y por otros organismos fiscalizadores, según corresponda, cuando lo hubiere.
Documentos requeridos
No informa
¿Dónde se realiza?
- La documentación debe entregarse en la institución en la cual gestionará la adjudicación de los fondos públicos, a fin de ser inscritos en los registros institucionales.
- Por internet en www.registros19862.cl está disponible la inscripción en línea.
Tiempo de realización
- La inscripción en línea es inmediata.
Costo
Gratuito.
Resultado
Certificado e inscripción en el Registro de Colaboradores del Estado.

