Recepción del pago de multas cursadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

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Última actualización: 23/12/2010

Descripción:

La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas cursada por infracciones cometidas a la Ley General de Telecomunicaciones.

Para quién:

Personas naturales y jurídicas sancionadas por la Subtel.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas cursada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), por infracciones cometidas a la Ley General de Telecomunicaciones.

El infractor debe pagar la multa antes del quinto día hábil, contado desde la fecha de notificación. Si lo hace después de la fecha de vencimiento, se aplican intereses.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas sancionadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

Requisitos

Resolución por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, imponiendo una multa al infractor.

Documentos requeridos

  • Copia de la resolución que impone la multa.
  • Formulario 10 "Ingresos Fiscales Pagos Directos", el cual debe contener la identificación del infractor, número y fecha de la Resolución, monto en UTM de la multa y equivalencia en pesos a la fecha de pago.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

Una vez realizado el pago, la emisión del comprobante de pago de la multa es inmediato.

Costo

  • La tramitación no tiene costo.
  • El infractor debe pagar la multa en efectivo, vale vista o cheque de la misma institución donde realiza el pago.

Resultado

Comprobante de pago de la multa.

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