Recepción del pago de multas por infracción a la Ley del Tabaco
Institución:
Tesorería General de la RepúblicaÚltima actualización: 23/12/2010
Descripción:
La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas cursadas por infracciones la Ley Nº 20.105
Para quién:
Personas naturales o jurídicas sancionadas por infraccióna la Ley del Tabaco.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
¿En qué consiste?
La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas cursadas por infracciones la Ley Nº 20.105 sobre publicidad y consumo de tabaco, que se materializan en resoluciones de un Juez de Letras o Juez de Policía Local.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas sancionadas por infracción a materias relativas a la publicidad y consumo del tabaco.
Requisitos
Sentencia por parte del Juez de Letras o Juez de Policía Local correspondiente a su jurisdicción.
Documentos requeridos
- Copia de la resolución que impone la multa, certificada por el secretario del Juez de Letras o Juez de Policía Local.
- Formulario 10 "Ingresos Fiscales Pagos Directos", el cual debe contener la identificación del infractor, número y fecha de la Resolución, monto en UTM de la multa y equivalencia en pesos a la fecha de pago.
¿Dónde se realiza?
- En la Tesorería Regional o Provincial correspondiente al domicilio.
- En las Instituciones Recaudadoras Autorizadas.
- Mesa de ayuda telefónica: (02) 768 9800. Está disponible de lunes a viernes entre 8:30 y 20:00 horas.
Tiempo de realización
Una vez realizado el pago, la enntrega del comprobante es inmediata.
Costo
- La tramitación no tiene costo.
- El infractor debe pagar la multa en efectivo, vale vista o cheque de la misma institución donde realiza el pago.
Resultado
Una vez realizado el pago, la emisión del comprobante de pago de la multa es inmediato.

