Recepción del pago de multas por infracción a la Ley del Tabaco

Ley Nº 20.105, publicidad y consumo de tabaco, infracción, multa, ley de tabaco, tesorería, TGR,
Última actualización: 23/12/2010

Descripción:

La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas cursadas por infracciones la Ley Nº 20.105

Para quién:

Personas naturales o jurídicas sancionadas por infraccióna la Ley del Tabaco.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas cursadas por infracciones la Ley Nº 20.105 sobre publicidad y consumo de tabaco, que se materializan en resoluciones de un Juez de Letras o Juez de Policía Local.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas sancionadas por infracción a materias relativas a la publicidad y consumo del tabaco.

Requisitos

Sentencia por parte del Juez de Letras o Juez de Policía Local correspondiente a su jurisdicción.

Documentos requeridos

  • Copia de la resolución que impone la multa, certificada por el secretario del Juez de Letras o Juez de Policía Local.
  • Formulario 10 "Ingresos Fiscales Pagos Directos", el cual debe contener la identificación del infractor, número y fecha de la Resolución, monto en UTM de la multa y equivalencia en pesos a la fecha de pago.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

Una vez realizado el pago, la enntrega del comprobante es inmediata.

Costo

  • La tramitación no tiene costo.
  • El infractor debe pagar la multa en efectivo, vale vista o cheque de la misma institución donde realiza el pago.

Resultado

Una vez realizado el pago, la emisión del comprobante de pago de la multa es inmediato.

Ley Nº 20.105, publicidad y consumo de tabaco, infracción, multa, ley de tabaco, tesorería, TGR,

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