Recepción del pago de multas cursadas por el Servicio de Capacitación y Empleo

Multas SENCE, Ley Nº 19.518, TGR, tesorería, otec, capacitación,
Última actualización: 15/04/2009

Descripción:

La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas cursadas por generada por infracción a la Ley de Capacitación y Empleo.

Para quién:

Empresas, organismos técnicos de capacitación e intermediarios de capacitación.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas cursadas por generada por infracción a la ley de capacitación y empleo, que fiscaliza el Sence.

El plazo para pagar la multa es de 45 días corridos, desde que es recibida la notificación.

¿A quién está dirigido?

Empresas, organismos técnicos de capacitación e intermediarios de capacitación, sancionados por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

Requisitos

Resolución del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, enviada por carta certificada, imponiendo una multa al infractor.

Documentos requeridos

  • Copia de la resolución que impone la multa.
  • Formulario 10 "Ingresos Fiscales Pagos Directos", el cual debe contener la identificación del infractor, número y fecha de la Resolución, monto en UTM de la multa y equivalencia en pesos a la fecha de pago y fecha de vencimiento.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

Una vez pagada la multa, la entrega del comprobante es inmediata.

Costo

  • La tramitación no tiene costo.
  • El infractor debe pagar la multa en efectivo, vale vista o cheque de la misma Institución donde realiza el pago.

Resultado

Formulario 10, multa Sence pagada.

Observaciones

Teléfono Mesa de Ayuda: (02) 7689800.

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