Recepción del pago de multas aplicadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles
Institución:
Tesorería General de la RepúblicaÚltima actualización: 15/04/2009
Descripción:
La Tesorería General de la República recepciona el pago de las infracciones cursadas por el incumplimiento de la normativa que regula los servicios de generación, transporte y distribución de los combustibles líquidos, gas y electricidad; o bien por el incumplimiento de instrucciones u órdenes emanadas de la SEC.
Para quién:
Personas naturales o jurídicas sancionadas por la SEC.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
La Tesorería General de la República recepciona el pago de las infracciones cursadas por resolución de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), a causa del incumplimiento de la normativa que regula la prestación de los servicios relacionados con generación, transporte y distribución de los combustibles líquidos, gas y electricidad; o bien por el incumplimiento de instrucciones u órdenes emanadas de la SEC.
El infractor debe pagar la multa dentro del plazo de 10 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución. Si lo hace después de la fecha de vencimiento, se aplican intereses. El no pago de esta multa en la fecha estipulada faculta a la Tesorería a iniciar la cobranza administrativa y judicial de la deuda.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas sancionadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustible.
Requisitos
Notificación de la infracción cursada.
Documentos requeridos
Aviso Recibo Formulario 44 "Multas Superintendencia de Electricidad y Combustibles", el cual debe contener la identificación del infractor, número y fecha de la Resolución, monto en UTM o UTA de la multa y equivalencia en pesos a la fecha de pago.
¿Dónde se realiza?
- Puede obtener el "Aviso Recibo Formulario 44" y realizar el pago en la oficina de la Tesorería correspondiente a su domicilio; o bien en www.tesoreria.cl, opción Pago de Deudas Fiscales (debe tener clave de acceso habilitada).
- También puede realizar el pago en las Instituciones Recaudadoras Autorizadas (bancos).
Tiempo de realización
Una vez realizado el pago, la obtención del comprobante es inmediata.
Costo
- La tramitación no tiene costo.
- El infractor debe pagar la multa en efectivo, vale vista o cheque de la misma institución donde realiza el pago.
Resultado
Comprobante de pago de la multa.
Observaciones
- Esta multa permite establecer un convenio de pago con Tesorería para pagarla en cuotas.
- Una apelación judicial por la multa cursada no detiene el proceso de cobro de ésta.
- En el caso que la multa sea declarada judicialmente total o parcialmente improcedente, con la resolución al respecto se solicita la devolución del pago efectuado en las oficinas de Tesorería.
- Teléfono Mesa de Ayuda: (02) 7689800.

