Recepción del pago de multas aplicadas por lavado y blanqueo de activos

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Última actualización: 23/12/2010

Descripción:

La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas giradas mediante resolución por la Unidad de Análisis Financiero.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas a las cuales se les aplicaron multas por infracciones a la Ley N°20.119

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas giradas mediante resolución por la Unidad de Análisis Financiero, conforme lo indica la Ley N° 20.119.

La multa debe ser pagada antes de la fecha de vencimiento.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas a las cuales se les aplicaron multas por infracciones a la Ley N°20.119, que sanciona el lavado y blanqueo de activos.

Requisitos

Resolución por parte de la Unidad de Análisis Financiero, imponiendo la multa al infractor.

Documentos requeridos

  • Copia de la resolución que impone la multa.
  • Formulario 10 "Ingresos Fiscales Pagos Directos", el cual debe contener la identificación del infractor, número y fecha de la Resolución, monto en UF de la multa y equivalencia en pesos a la fecha de pago.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

Una vez realizado el pago, la obtención del comprobante es inmediata.

Costo

Para el infractor este trámite no tiene costo, sólo debe pagar la multa en efectivo, vale vista o cheque.

Resultado

Comprobante de pago de la multa.

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