Recepción del pago de multas aplicadas por lavado y blanqueo de activos
Institución:
Tesorería General de la RepúblicaÚltima actualización: 23/12/2010
Descripción:
La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas giradas mediante resolución por la Unidad de Análisis Financiero.
Para quién:
Personas naturales o jurídicas a las cuales se les aplicaron multas por infracciones a la Ley N°20.119
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
¿En qué consiste?
La Tesorería General de la República recepciona el pago de las multas giradas mediante resolución por la Unidad de Análisis Financiero, conforme lo indica la Ley N° 20.119.
La multa debe ser pagada antes de la fecha de vencimiento.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas a las cuales se les aplicaron multas por infracciones a la Ley N°20.119, que sanciona el lavado y blanqueo de activos.
Requisitos
Resolución por parte de la Unidad de Análisis Financiero, imponiendo la multa al infractor.
Documentos requeridos
- Copia de la resolución que impone la multa.
- Formulario 10 "Ingresos Fiscales Pagos Directos", el cual debe contener la identificación del infractor, número y fecha de la Resolución, monto en UF de la multa y equivalencia en pesos a la fecha de pago.
¿Dónde se realiza?
- Puede solicitar el formulario y realizar el pago en las oficina de la Tesorería que corresponda al domicilio.
- El pago también se puede hacer en las Instituciones Recaudadoras Autorizadas.
- Mesa de ayuda telefónica: (02) 768 9800.Está disponible de lunes a viernes entre 8:30 y 20:00 horas.
Tiempo de realización
Una vez realizado el pago, la obtención del comprobante es inmediata.
Costo
Para el infractor este trámite no tiene costo, sólo debe pagar la multa en efectivo, vale vista o cheque.
Resultado
Comprobante de pago de la multa.

