Devolución de dinero depositado en arcas fiscales por concepto de ofertas de pago o consignaciones
Institución:
Tesorería General de la RepúblicaÚltima actualización: 23/12/2010
Descripción:
El beneficiario tiene 3 años para retirar los fondos, en caso contrario, son transferidos a las arcas fiscales por caducidad.
Para quién:
Personas naturales o jurídicas que son beneficiarios de una consignación depositada en el Servicio de Tesorerías.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
¿En qué consiste?
La Tesorería General de la República, a solicitud del beneficiario, reembolsa el dinero depositado a su nombre en las arcas fiscales, por concepto de consignación u oferta de pago.
El beneficiario tiene 3 años para retirar los fondos, en caso contrario, son transferidos a las Arcas Fiscales por caducidad.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas que son beneficiarios de una consignación depositada en el Servicio de Tesorerías.
Requisitos
Estar registrado en los sistemas de Tesorería como titular de un depósito de una consignación u oferta de pago.
Documentos requeridos
Si es el propio interesado:
- Cédula de Identidad vigente y fotocopia de la misma.
Si es un tercero:
- Cédula de Identidad del contribuyente y del mandatario (vigentes), con sus respectivas fotocopias.
- Poder Notarial que faculta para realizar el trámite entregado.
Si el representante legal personalmente solicita el reemplazo:
- Tarjeta Rut del contribuyente, con su correspondiente fotocopia.
- Cédula de Identidad del representante legal, con su correspondiente fotocopia.
- Fotocopia legalizada de la Escritura Pública de constitución de la empresa, la cual debe contener: Razón Social de la empresa, identificación y Rut del representante legal; especificar que el representante legal se encuentra autorizado para efectuar esta diligencia, lugar donde se extendió la escritura, fecha en que fue otorgada y firma y timbre del notario que autorizó la escritura pública.
- Certificado de vigencia de la escritura pública.
Si una persona distinta al representante legal solicita el reemplazo:
- Rol Único Tributario del contribuyente, vigente y con su correspondiente fotocopia.
- Cédula de Identidad del representante legal y del mandatario, vigentes y com sus correspondientes fotocopias.
- Fotocopia legalizada de Escritura Pública, a fin de verificar que el representante legal se encuentra facultado para delegar a uno o más mandatarios la ejecución de este trámite.
- Certificado de vigencia de la Escritura Pública.
- Carta Poder otorgada ante notario, la que deberá contener la identificación y Rut del representante legal, identificación y Rut del mandatario, especificarse que el mandatario se encuentra autorizado para efectuar el trámite, firma del representante legal (mandante), lugar donde se extendió el poder, fecha en que fue otorgado y firma y timbre del notario.
¿Dónde se realiza?
- Oficinas de la Tesorería Regional o Provincial correspondiente al domicilio del depositante.
- En la Tesorería Regional Metropolitana se concentran todos los pagos de la comuna de Santiago. La dirección es Teatinos 28, pisos 1 y 2, Santiago Centro.
- Mesa de ayuda telefónica: (02) 768 9800.Está disponible de lunes a viernes entre 8:30 y 20:00 horas.
Tiempo de realización
La devolución se realiza dentro de los 3 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud de pago.
Costo
Gratuito.
Resultado
Cheque o depósito en cuenta corriente a favor del beneficiario por el monto depositado en consignación.

