Reintegro de derechos y gravámenes Ley 18.708
Institución:
Tesorería General de la RepúblicaÚltima actualización: 23/12/2010
Descripción:
Beneficio que reintegra los derechos y demás gravámenes aduaneros pagados por materias primas, artículos a media elaboración, partes o piezas importados utilizados para la producción de bienes y servicios exportados.
Para quién:
Personas naturales o jurídicas que exporten bienes o servicios.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Beneficio que reintegra los derechos y demás gravámenes aduaneros pagados por materias primas, artículos a media elaboración, partes o piezas importados utilizados para la producción de bienes y servicios exportados.
La solicitud de reintegro debe ser presentada en el Servicio Nacional de Aduanas hasta 9 meses contados desde la fecha de la exportación y sólo para los elementos utilizados en la elaboración, que hayan sido importados hasta un máximo de 18 meses antes de la fecha de exportación.
Una vez aceptada a trámite la solicitud de reintegro, el Servicio Nacional de Aduanas remite la orden de pago en línea y en forma electrónica a la Tesorería General de la República, institución que deposita el monto de la devolución en la cuenta corriente del exportador o bien emite un cheque.
¿A quién está dirigido?
A las personas naturales o jurídicas que exporten bienes o servicios.
Requisitos
- La solicitud de reintegro debe ser presentada en el Servicio Nacional de Aduanas hasta 9 meses contados desde la fecha de la exportación.
- Las materias primas, artículos a media elaboración y las partes o piezas importados y utilizados en la elaboración de los nuevos bienes o servicios exportados, deberán haber sido importados hasta un máximo de 18 meses antes de la fecha de exportación.
- La solicitud de reintegro debe ser acogida por el Servicio de Aduanas e informada al Servicio de Tesorerías.
Documentos requeridos
Los que solicite el Servicio Nacional de Aduanas.
¿Dónde se realiza?
- La solicitud se realiza en el Servicio Nacional de Aduanas.
- El pago, si procede, lo efectúa el Servicio de Tesorerías.
Tiempo de realización
Desde que el Servicio de Aduanas aprueba la solicitud y la informa electrónicamente al Servicio de Tesorerías transcurren 5 días hábiles.
Costo
Gratuito.
Resultado
El monto de devolución aprobado por el Servicio de Aduanas queda a disposición del exportador depositado en cuenta corriente o a través de cheque.
Observaciones
Los beneficios otorgados por esta modalidad, para un mismo producto, son incompatibles con el reintegro simplificado otorgado en la Ley 18.480.

