Devolución del dinero depositado en las arcas fiscales por concepto de letras de cambio

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Última actualización: 23/12/2010

Descripción:

La Tesorería General de la República devuelve, a solicitud del beneficiario, el monto de una Letra de Cambio o documento de crédito depositado en las arcas fiscales.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas que solicitan devolución de Letras de Cambio depositadas en Tesorería.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Tesorería General de la República devuelve, a solicitud del beneficiario, el monto de una Letra de Cambio o documento de crédito depositado en las arcas fiscales.

El girador o beneficiario recibe el cheque por el monto indicado en la letra, sin reajuste alguno, y tiene 3 años para retirar los fondos, en caso contrario, son transferidos a las Arcas Fiscales por caducidad.

Como comprobante de egreso, el Servicio de Tesorerías entrega la Letra de Cambio con la constancia de su cancelación.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas que solicitan devolución de Letras de Cambio depositadas en Tesorería.

Requisitos

Estar identificado como beneficiario en el Formulario N°10.

Documentos requeridos

Si es el propio interesado:

  • Cédula de Identidad (vigente) y fotocopia de ella.

Si es un tercero:

  • Cédula de Identidad del contribuyente y del mandatario (vigentes) y fotocopia de ambos.
  • Poder Notarial que lo faculta para realizar el trámite entregado.

Si es el representante legal:

  • Tarjeta Rut del contribuyente y su correspondiente fotocopia
  • Cédula de Identidad del representante legal y fotocopia de ella.
  • Fotocopia legalizada de la Escritura Pública de constitución de la empresa, que contenga: Razón Social de la empresa, identificación y Rut del representante legal, especificar que está autorizado para efectuar esta diligencia, lugar donde se extendió la escritura, fecha en que fue otorgada y firma y timbre del notario que autorizó la Escritura Pública.
  • Certificado de vigencia de la Escritura Pública

Si se presenta una persona distinta al representante legal:

  • Rut del contribuyente
  • Cédula de Identidad del representante legal y del mandatario (vigentes) y fotocopia de ambas.
  • Fotocopia legalizada de Escritura Pública, a fin de verificar que el representante legal se encuentra facultado para delegar a uno o más mandatarios la ejecución de este trámite.
  • Certificado de vigencia de la Escritura Pública
  • Carta Poder otorgada ante Notario, la que deberá contener la identificación y Rut del representante legal, identificación y rut del mandatario, especificarse que el mandatario se encuentra autorizado para efectuar el trámite, firma del representante legal (Mandante), lugar donde se extendió el poder, fecha en que fue otorgado y firma y timbre del notario.

¿Dónde se realiza?

  • Tesorería Regional y/o Provincial correspondiente al domicilio del beneficiario.
  • En la Tesorería Regional Metropolitana se realizan todos los pagos de la comuna de Santiago. La dirección es Teatinos 28, pisos 1 y 2, Santiago Centro.
  • Mesa de ayuda telefónica: (02) 768 9800.Está disponible de lunes a viernes entre 8:30 y 20:00 horas.

Tiempo de realización

El Servicio de Tesorerías entrega la devolución dentro de los 3 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud de pago.

Costo

Para el beneficiario este trámite no tiene costo.

Resultado

Cheque o depósito en cuenta corriente a favor del beneficiario por el monto depositado de la Letra de Cambio.

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