Recepción de depósitos de consignaciones por ofertas de pago

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Última actualización: 31/01/2011

Descripción:

El Servicio de Tesorerías recibe el pago de una consignación cuando el deudor manifiesta la voluntad de realizar el pago, aún sin la aprobación o consentimiento del acreedor.

Para quién:

Deudores (personas naturales o jurídicas) que tienen la voluntad de pagar una consignación en el Servicio de Tesorerías.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Tesorería General de la República actúa como receptor del pago de una consignación por Oferta de Pago, cuando el deudor manifiesta la voluntad de realizar el pago, aún sin la aprobación o consentimiento del acreedor.

Para ello, el deudor debe realizar una Oferta de Pago -por escrito y ante notario u otro ministro de fe- por medio de un documento dirigido al Tesorero Regional o Provincial, donde plantee su requerimiento, indique sus antecedentes personales y los del acreedor.

¿A quién está dirigido?

Deudores (personas naturales o jurídicas) que tienen la voluntad de pagar una consignación en el Servicio de Tesorerías

Requisitos

  • Solicitud dirigida al Sr. Tesorero que corresponda, indicando: Nombre, Rut y domicilio de la persona que presenta la Oferta de Pago; monto ofertado, detalle de las causas que le inducen a plantear la solicitud; además de los datos personales del destinatario de los fondos (nombre, Rut y dirección).
  • Pagar el monto consignado en efectivo, vale vista o cheque.

Documentos requeridos

  • Solicitud en duplicado de la Oferta de Pago.
  • Formulario 10 "Ingresos Fiscales, Pagos Directos" (original y 3 copias)

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

Inmediato.

Costo

  • La tramitación no tiene costo.
  • El deudor solo debe depositar el monto a consignar en efectivo, vale vista o cheque.

Resultado

Depósito en arcas fiscales.

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