Pago de pensiones de gracia y premios nacionales

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Última actualización: 28/01/2011

Descripción:

El Servicio de Tesorerías realizan el pago, a los correspondientes beneficiarios, de las Pensiones de Gracia y premios otorgados por los ministerios del Ministerio del Interior, Educación, Defensa y la Ex Empresa de Transporte de Tranvías.

Para quién:

Beneficiarios de una Pensión de Gracia, Premio Nacional y otro tipo de pensiones.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Servicio de Tesorerías realiza el pago, a sus correspondientes beneficiarios, de las pensiones y premios nacionales que otorgan los siguientes ministerios e instituciones:

Ministerio del Interior:

  • Pensión de ingresos mínimos.
  • Sueldos Vitales.
  • Pensión Mínima.
  • Pensión No Reconocida

Ministerio de Educación:

  • Premio Nacional (para las diversas categorías vigentes).

Ministerio de Defensa:

  • Pensiones de invalidez y montepíos.

Ex Empresa de Transporte de Tranvías:

  • Pensiones de Vejez y Viudez.

Al verificar el fallecimiento del beneficiario en el Registro Civil, el Servicio de Tesorerías efectúa el cese de la pensión. Si el Pensionado fallece el primer o último día del mes, entrega el cheque correspondiente al Haber Insoluto a sus herederos directos.

¿A quién está dirigido?

Beneficiarios de una Pensión de Gracia, Premio Nacional y otro tipo de pensiones.

Requisitos

  • Ser beneficiario de una Pensión de Gracia, otorgada a través de un Decreto Supremo que concede la pensión.
  • Presentar una solicitud de pago para retirar los cheques.
  • En el caso que el beneficiario requiera delegar este trámite en un tercero, debe entregar un Poder Notarial que debe ser actualizado cada 6 eses en forma regular.
  • En el caso que el beneficio sea heredable, el nuevo beneficiario debe realizar la tramitación respectiva, a fin de recibir la pensión.
  • Acreditar condición de herederos directos cuando corresponda.

Documentos requeridos

  • Decreto o Resolución, emitido por el Ministerio respectivo.
  • Cédula de Identidad del interesado y fotocopia del mismo.

Si el interesado es menor de edad debe presentar:

  • Certificado de nacimiento.
  • Firmar una solicitud de pago indicando el lugar donde debe ser enviado su cheque o informar cuenta bancaria donde realizar el depósito de la pensión.

¿Dónde se realiza?

En las oficinas de la Tesorería Regional o Provincial correspondiente al domicilio.

Tiempo de realización

  • Las pensiones se pagan mensualmente entre los días 18 y 19 de cada mes, según calendario proporcionado por la Oficina de Pensiones de la Tesorería General de la República.
  • La emisión del primer pago depende de la fecha en que el beneficiario efectúe la solicitud de pago de Oficina de Pensiones, si ésta es recepcionada hasta el quinto día hábil del mes, ingresa a pago dentro de ese mismo mes; en caso contrario el beneficio opera a contar del mes siguiente.

Costo

Gratuito.

Resultado

Pago del monto entregado por concepto de:

  • Pensión de ingresos mínimos, sueldos vitales, Pensión mínima y Pensión no reconocida.
  • Premio Nacional (para las diversas categorías vigentes).
  • Pensiones de invalidez y montepíos.
  • Pensiones de vejez y viudez.

Observaciones

  • Si las pensiones están sujetas a descuentos de salud, impuestos, retención judicial, asignación familiar y otros similares, estos valores son retenidos y pagados directamente por el Servicio de Tesorerías a quien corresponda.
  • En el caso de los poderes notariales, el no actualizarlos oportunamente implica que los cheques sean emitidos a nombre del beneficiario (no del Apoderado).
  • El pago de la pensión se suspende si el pensionado no presenta los Certificados de Estudios, en el caso de ser estudiante.
  • Se recomienda informar la cuenta bancaria para realizar el depósito ya que es un medio mas rápido y seguro.
  • Mesa de ayuda telefónica (2) 768 9800. El horario de atención es de lunes a viernes de 08:30 - 20:00 horas.
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