Pago de bonificación forestal

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Última actualización: 10/12/2010

Descripción:

El Servicio de Tesorerías certifica el derecho a percibir la bonificación forestal y realiza el depósito, o emite el cheque correspondiente, para cursar el pago.

Para quién:

Pequeños propietarios de predios con aptitud preferentemente forestal, que solicitaron bonificación en la Corporación Nacional Forestal.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La bonificación forestal es un beneficio otorgado por la Corporación Nacional Forestal (Conaf) que se entrega a los propietarios para realizar actividades de forestación, recuperación de suelos y/o estabilización de dunas en suelos frágiles, dañados o en proceso de desertificación; así como en suelos degradados o degradados con pendientes superiores a 100%.

Una vez analizadas las solicitudes, la Conaf emite electrónicamente el informe de Bonificación Forestal al Servicio de Tesorerías.

De cumplir las especificaciones de ingreso, se genera el Certificado de Bonificación Forestal con firma y timbre del Tesorero Regional o Provincial que corresponda a la jurisdicción donde se ubica el predio.Este documento certifica que el solicitante tiene derecho a percibir la bonificación correspondiente a su predio.

Este beneficio se encuentra sujeto a compensación de deudas fiscales y/o retenciones, tanto para el propietario como para el cesionario del predio beneficiado.

¿A quién está dirigido?

Persona natural o jurídica indicada en el informe de Bonificación Forestal entregado por Conaf.

Requisitos

  • Los requisitos específicos para postular al beneficio de la bonificación forestal se encuentran publicados en www.conaf.cl.

Documentos requeridos

El Servicio de Tesorerías no requiere que el interesado presente documentos para realizar el pago, ya que éstos han sido presentados en Conaf.

¿Dónde se realiza?

  • El trámite se realiza en Conaf.
  • Tesorería procesa el pago en forme electrónica y emite el certificado de bonificación forestal

Tiempo de realización

Una vez aprobada e informada la solicitud por parte de la Conaf, son 5 días hábiles para cursar el pago a través de depósito en cuenta bancaria o cheque.

Costo

La tramitación es gratuita.

Resultado

Pago de la Bonificación al contribuyente, mediante cheque o depósito y/o Certificado de Bonificación Forestal.

Observaciones

  • Este beneficio es excluyente con la bonificación a la mano de obra en zonas extremas (Ley Nº 19.853 de 2003).
  • Si el beneficiario es una persona jurídica debe mantener actualizado su registro como persona jurídica receptora de fondos públicos (Ley 19862). Esto es aplicable tanto para el propietario del predio como para el cesionario.
  • Se recomienda informar cuenta bancaria para realizar el depósito por concepto de bonificación forestal, ya que es un medio más rápido y seguro.
  • Más información en Circular Nº 22 de 2007 sobre Bonificación Forestal.
  • Mesa de ayuda telefónica (2) 768 9800. El horario de atención es de lunes a viernes de 08:30 - 20:00 horas.
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