Acreditación de organismos educacionales que imparten cursos del Área Marítima y Portuaria
Última actualización: 03/12/2010
Descripción:
Resolución de autorización emitida por Directemar que aprueba programas de cursos marítimos y portuarios impartidos por organismos técnicos de capacitación (OTEC).
Para quién:
Personas naturales o jurídicas constituidas como OTEC.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Este procedimiento de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar), permite acreditar a Organismos Técnicos Educaciones para que dicten cursos del ámbito marítimo y portuario, mediante la aprobación de un expediente que contenga los documentos indicados en el párrafo documentos requeridos.
¿A quién está dirigido?
A todas las personas naturales o jurídicas que habiéndose constituido como OTEC a través del Sence, pretendan dictar cursos del ámbito marítimo y portuario.
Requisitos
- Estar en posesión de la Resolución del, SENCE, que acredite a la entidad como OTEC.
- Estar acreditados bajo la Norma Chilena de Calidad NCH 2728, Ley N° 19.967.
Documentos requeridos
Los documentos requeridos para realizar este procedimiento están indicados en la Resolución 12.600/1963, de fecha 07 de Julio del 2003.
¿Dónde se realiza?
En las Gobernaciones Marítimas a lo largo del país.
Tiempo de realización
El tiempo va a depender de las observaciones que mereciere el expediente presentado, de la región desde donde se remite a la Dirección Técnica, y de la rapidez del usuario en levantar las observaciones. Sin observaciones, 15 días hábiles.
Costo
De acuerdo al Apéndice 8 del Reglamento de Tarifas y Derechos de Directemar, la Resolución de aprobación, tiene un costo de US$ 58,99 dólares hasta el 31 de Diciembre del 2009, reducido a moneda nacional al momento del pago, el cual se realiza en el Banco del Estado de Chile.
Resultado
Emisión de la Resolución de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar), que aprueba el programa de curso solicitado por el Organismos Técnico de Capacitación.
Observaciones
- Habilitado el OTEC para impartir el curso, queda bajo la fiscalización y control de la Autoridad Marítima, que de acuerdo a su desempeño y cumplimiento de lo establecido en la Resolución D.G.T.M.. y M.M. Ord. N° 12.600/1963, de fecha 07 de Julio del 2003, se reserva el derecho de poner término en forma discrecional a la autorización concedida.

