Pago de desahucio a funcionarios públicos

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Última actualización: 22/12/2010

Descripción:

Beneficio que se entrega a los funcionarios públicos afectos al régimen de deshaucio una vez finalizada su labor.

Para quién:

Funcionarios administrativos sujetos al estatuto administrativo (Ley 18.834)

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Beneficio establecido en el D.F.L. Nº 338 de 1960, sobre Estatuto Administrativo y que se paga al empleado afecto al régimen de desahucio, al expirar en sus funciones, siempre que dicho beneficio no haya sido aplicado a la compra de acciones.

El Servicio de Tesorerías cursa el pago cuando recibe la resolución de la Contraloría General de la República que informa la liquidación a favor del beneficiario. Previamente realiza los descuentos que no haya señalado la Contraloría, tales como Retención a Juzgados, Servicios de Bienestar y otros.

¿A quién está dirigido?

Funcionarios públicos que se encuentren sujetos al estatuto administrativo.

Requisitos

Ser funcionario público afecto al estatuto administrativo (Ley 18634).

Documentos requeridos

Para retirar el cheque del desahucio desde la oficina del Servicio de Tesorerías, la persona deberá presentar los siguientes documentos:

Si es el propio interesado

  • Cédula de Identidad (vigente) y fotocopia de ella.

Si es un tercero

  • Cédula de Identidad (vigente) del contribuyente y fotocopia de ella.
  • Cédula de Identidad (vigente)del mandatario y fotocopia ella.
  • Poder Notarial que lo faculta para realizar el trámite entregado.

¿Dónde se realiza?

  • El pago de este beneficio se recibe por correo.
  • En caso de no recibir por correo el desahucio o de preferir retirar el cheque personalmente, el trámite se debe realizar en las oficinas del Servicio de Tesorería correspondientes al domicilio del interesado.
  • Mesa de ayuda telefónica: (02) 768 9800.Está disponible de lunes a viernes entre 8:30 y 20:00 horas.

Tiempo de realización

  • El cheque es emitido a los 5 días hábiles de informado el desahucio por parte de la Contraloría General de la República.
  • Si el beneficiario no recibió el desahucio y debió acudir personalmente al Servicio de Tesorerías a realizar la solicitud, este se materializará a los 5 días hábiles.
  • Una vez confeccionado el cheque, este se mantiene por un plazo máximo de 15 días a disposición del interesado, en el Servicio de Tesorería correspondiente a su domicilio. Cumplido este plazo el cheque es enviado por correo certificado.

Costo

Gratuito.

Resultado

Pago de desahucio al funcionario público.

Observaciones

  • Los desahucios prescriben a los 5 años del cese de funciones.
  • En caso de fallecimiento del funcionario este beneficio será aplicable al cónyuge, hijos y/o padres. De no existir ninguno de los señalados se constituirá en herencia.
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