Recepción del pago de concesiones mineras y derechos relacionados
Institución:
Tesorería General de la RepúblicaÚltima actualización: 10/12/2010
Descripción:
La Tesorería General de la República recibe los pagos de tasas y derechos relacionados con actividades mineras que requieren de una concesión, ya sea de explotación o de exploración.
Para quién:
Contribuyentes que desarrollan o están interesados en desarrollar actividades mineras.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
La Tesorería General de la República recibe los pagos de tasas y derechos que deben realizar personas naturales y jurídicas, interesadas en desarrollar actividades mineras que requieren de una concesión, ya sea de explotación y de exploración.
Su tramitación se inicia con el registro e inscripción a través del Tribunal Civil y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), junto al pago inicial de estas tasas.
Cada concesión es individualizada por un Rol. Una vez asignado éste, Sernageomin emite periódicamente el cobro de las patentes anuales (explotación y/o exploración), las que deben ser pagadas en marzo de cada año por el contribuyente y giradas en UTM según el valor de dicha unidad al momento del pago.
¿A quién está dirigido?
Contribuyentes que desarrollan o están interesados en desarrollar actividades mineras.
Requisitos
Para realizar el pago por internet:
- Tener una clave web de Tesorería o conocer el número de Rol.
Para realizar el pago en oficinas:
- Conocer el Rol de la patente de explotación y/o de exploración.
Documentos requeridos
Formulario 40 ó 41.
¿Dónde se realiza?
- Por internet en www.tesoreria.cl opción "pagos- concesiones mineras".
- Si cuenta con el aviso de recibo (Formulario 10, 40 ó 41) puede realizar el pago en las Instituciones Recaudadoras Autorizadas, en sus horarios de atención.
- En las oficinas de la Tesorería Regional o Provincial correspondiente al domicilio.
Tiempo de realización
Inmediato.
Costo
El valor a cancelar correspondiente a las tasas y derechos.
Resultado
Comprobante de pago asociado a las concesiones mineras.
Observaciones
- Los derechos y tasas mineras no se pueden acoger a convenios de pago.
- Es necesario señalar que las concesiones mineras corresponden a derechos susceptibles de tranzar, ceder y/o enajenar, los cuales se mantienen en poder del titular en la medida que cumpla con las disposiciones establecidas y cancele los derechos respectivos.
- Si el titular de la patente minera, no la paga en los plazos establecidos, el Servicio de Tesorería inicia el proceso judicial de subasta o remate.
- La patente debe ser pagada dentro del mes de marzo de cada año. No obstante lo anterior, el contribuyente también podrá pagarla sin sanción durante los meses de Abril y siguientes, pero siempre antes de la fijación del día y hora del remate de acuerdo al valor de la UTM actualizada según el mes del pago respectivo.
- Fijado el día y hora del remate de la patente, el Servicio de Tesorería inicia el proceso judicial de cobranza. La patente puede ser rescatada del remate por su titular pagando su valor con sanción, que es el mismo valor de la patente, es decir paga el doble del valor original.
- En el portal www.tesoreria.cl, puede acceder a realizar pedimentos y manifestaciones, pago de patentes anuales y proporcionales, realizar pagos parciales, realizar consultas por pagos y/o formularios, cancelar los derechos e imprimir los avisos para realizar el pago en Instituciones Recaudadoras Autorizadas; en el caso de grandes mineros a través de mecanismos que les permiten revisar y seleccionar las pertenencias de su interés. En el caso que el contribuyente haya realizado el pago de la patente a través de internet podrá obtener el certificado en línea.

