Solicitud de reconsideración de multas administrativas

Reconsideración administrativa, rebaja multa
Última actualización: 10/01/2011

Descripción:

El empleador que ha sido notificado de la aplicación de una multa administrativa por parte de la Dirección del Trabajo puede solicitar, cumpliendo ciertos requisitos, su rebaja o que ésta quede sin efecto.

Para quién:

Empleadores.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

Todo empleador que ha sido notificado de la aplicación de una multa administrativa puede solicitar a la Dirección del Trabajo, por escrito y dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la notificación, la reconsideración de la multa, a objeto de que ésta sea rebajada o dejada sin efecto por haberse incurrido en un error de hecho.

En caso de solicitar rebaja, debe acreditar la corrección de las infracciones sancionadas, y si lo solicitado es dejar sin efecto por error de hecho, debe acompañar los antecedentes que acrediten el error.

¿A quién está dirigido?

A empleadores.

Requisitos

  • Si se realiza el trámite vía electrónica, el empleador debe estar registrado y disponer de una clave de acceso.
  • Haber sido notificado de la aplicación de Resolución de Multa.
  • Presentar la solicitud de reconsideración dentro del plazo de 30 días corridos, contados a partir de la fecha de notificación de la Resolución de Multa.
  • Acreditar fehacientemente, acompañando los antecedentes suficientes, la corrección íntegra de la o las infracciones sancionadas por las que solicita rebaja, o el error de hecho en el que eventualmente se hubiese incurrido al imponerse la multa, según corresponda.
  • No haber interpuesto otro recurso administrativo o judicial contra la misma Resolución de Multa por la que se solicita reconsideración.

Documentos requeridos

  • De manera presencial, realizar la presentación mediante el Formulario F-10, Solicitud de Recursos Administrativos, que se entrega junto a la Resolución de Multa al momento de su notificación, o puede descargar desde el sitio web institucional. Adicionalmente, puede adjuntar el texto que estime pertinente.
  • Adjuntar los antecedentes que acrediten la corrección de las infracciones o el error de hecho en que se hubiese incurrido.

¿Dónde se realiza?

Vía electrónica: A través de la opción Solicitud de reconsideración de multas administrativas del sitio web institucional de la Dirección del Trabajo.

Presencialmente: En la Oficina de Partes de la Inspección del Trabajo o Centro de Conciliación y Mediación que aplicó la sanción.

Si se presenta la solicitud en una oficina distinta a la señalada, será igualmente recepcionada y luego remitida a la oficina que corresponda.

Tiempo de realización

En los plazos que indica la Ley 19.880 del 29 de mayo de 2003.

Costo

No tiene costo.

Resultado

Se decreta mantener, rebajar o dejar sin efecto la multa, según los antecedentes presentados.

Observaciones

  • La reconsideración se resuelve en una única instancia y sólo sobre la base de los antecedentes que se adjunten. Por tanto, se deberán acompañar todos los antecedentes que el empleador invoque, de una sola vez.
  • El incumplimiento de los requisitos señalados precedentemente puede producir la inadmisibilidad de la solicitud o la confirmación de la multa.
  • Si dentro de los quince días de notificada la multa el empleador corrige la infracción a satisfacción de la Dirección del Trabajo, y así lo acredita en forma suficiente (normalmente, en forma documental), el monto de ella se rebajará, al menos, en un 50%, sin perjuicio del derecho de solicitar en su reconsideración una rebaja por el monto total. Si la empresa es MYPE (hasta 49 trabajadores contratados) la rebaja es de 80%.
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