Solicitud de reconsideración de multas administrativas
Institución:
Dirección del TrabajoÚltima actualización: 10/01/2011
Descripción:
El empleador que ha sido notificado de la aplicación de una multa administrativa por parte de la Dirección del Trabajo puede solicitar, cumpliendo ciertos requisitos, su rebaja o que ésta quede sin efecto.
Para quién:
Empleadores.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Todo empleador que ha sido notificado de la aplicación de una multa administrativa puede solicitar a la Dirección del Trabajo, por escrito y dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la notificación, la reconsideración de la multa, a objeto de que ésta sea rebajada o dejada sin efecto por haberse incurrido en un error de hecho.
En caso de solicitar rebaja, debe acreditar la corrección de las infracciones sancionadas, y si lo solicitado es dejar sin efecto por error de hecho, debe acompañar los antecedentes que acrediten el error.
¿A quién está dirigido?
A empleadores.
Requisitos
- Si se realiza el trámite vía electrónica, el empleador debe estar registrado y disponer de una clave de acceso.
- Haber sido notificado de la aplicación de Resolución de Multa.
- Presentar la solicitud de reconsideración dentro del plazo de 30 días corridos, contados a partir de la fecha de notificación de la Resolución de Multa.
- Acreditar fehacientemente, acompañando los antecedentes suficientes, la corrección íntegra de la o las infracciones sancionadas por las que solicita rebaja, o el error de hecho en el que eventualmente se hubiese incurrido al imponerse la multa, según corresponda.
- No haber interpuesto otro recurso administrativo o judicial contra la misma Resolución de Multa por la que se solicita reconsideración.
Documentos requeridos
- De manera presencial, realizar la presentación mediante el Formulario F-10, Solicitud de Recursos Administrativos, que se entrega junto a la Resolución de Multa al momento de su notificación, o puede descargar desde el sitio web institucional. Adicionalmente, puede adjuntar el texto que estime pertinente.
- Adjuntar los antecedentes que acrediten la corrección de las infracciones o el error de hecho en que se hubiese incurrido.
¿Dónde se realiza?
Vía electrónica: A través de la opción Solicitud de reconsideración de multas administrativas del sitio web institucional de la Dirección del Trabajo.
Presencialmente: En la Oficina de Partes de la Inspección del Trabajo o Centro de Conciliación y Mediación que aplicó la sanción.
Si se presenta la solicitud en una oficina distinta a la señalada, será igualmente recepcionada y luego remitida a la oficina que corresponda.
Tiempo de realización
En los plazos que indica la Ley 19.880 del 29 de mayo de 2003.
Costo
No tiene costo.
Resultado
Se decreta mantener, rebajar o dejar sin efecto la multa, según los antecedentes presentados.
Observaciones
- La reconsideración se resuelve en una única instancia y sólo sobre la base de los antecedentes que se adjunten. Por tanto, se deberán acompañar todos los antecedentes que el empleador invoque, de una sola vez.
- El incumplimiento de los requisitos señalados precedentemente puede producir la inadmisibilidad de la solicitud o la confirmación de la multa.
- Si dentro de los quince días de notificada la multa el empleador corrige la infracción a satisfacción de la Dirección del Trabajo, y así lo acredita en forma suficiente (normalmente, en forma documental), el monto de ella se rebajará, al menos, en un 50%, sin perjuicio del derecho de solicitar en su reconsideración una rebaja por el monto total. Si la empresa es MYPE (hasta 49 trabajadores contratados) la rebaja es de 80%.

