Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales
Institución:
Dirección del TrabajoÚltima actualización: 10/12/2010
Descripción:
Permite obtener un certificado que acredita el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de un contratista o subcontratista respecto de sus trabajadores.
Para quién:
A las empresas contratistas y subcontratistas que prestan servicios en los sectores público y privado.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Es un certificado emitido por la Dirección del Trabajo (DT) que acredita el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, de un contratista o subcontratista respecto de sus trabajadores en la obra, empresa o faena por la que solicitó el documento.
¿A quién está dirigido?
A las empresas contratistas y subcontratistas que prestan servicios en:
- Sector Público. Las obras públicas, fiscales o municipales y personas jurídicas creadas por la ley en que el Estado tenga aporte de capital, deben acreditar cumplimiento laboral y previsional para que se dé curso a los estados de pago mensuales y devolución de garantías, si las hubiere. (Art. 43 DFL Nº2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social).
- Sector Privado. Cuando la empresa principal solicite la acreditación de cumplimiento a los contratistas, y éstos a los subcontratistas, para informar el estado de tal cumplimiento laboral y previsional, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral. (Art. 183-C del Código del Trabajo).
Requisitos
- Para efectuar este trámite completamente vía electrónica, las empresas deben realizar el pago de las cotizaciones previsionales de todos sus trabajadores a través de PreviRed. Este requisito es obligatorio para efectuar el trámite vía electrónica. Si usted lo realiza por primera vez, debe aprobar un Mandato de Autorización para consultar informes desde la base de datos de PreviRed.
- Si opta por realizar el trámite de manera presencial, esto es, ingresando la solicitud en la Inspección del Trabajo, el interesado debe adjuntar el pago de derechos efectuado previamente en Banco Estado (comprobante original del depósito hecho a la cuenta de la Dirección del Trabajo).
- Si ingresa sólo la solicitud a través del portal institucional, el pago de derechos se hace en línea. Debe presentar el comprobante de pago que le entrega el sistema al momento en que entrega la documentación en la Inspección.
Documentos requeridos
1.- Presentar el Formulario F30-1 "Solicitud para certificar cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Ley de Subcontratación). Declaración Jurada".
La documentación que se requiere en el Formulario F30-1 es de carácter obligatoria, debe referirse exclusivamente a los trabajadores de la obra o faena en donde se desarrolla el servicio o ejecuta la obra contratada por la cual se solicita el trámite, y debe cubrir todo el periodo por el que éste se requiere (máximo 6 meses por certificado).
Si el interesado necesita certificar más de una obra, los trabajadores deben venir separados en la documentación que se presenta por cada una de ellas. Se debe presentar en la Inspección con jurisdicción en el domicilio de la obra, faena, empresa o servicio por el cual se solicita certificación.
La falta de documentación, total o parcial, que acredite el cumplimiento de las obligaciones, será informada como deuda en el respectivo certificado.
2.- Adjuntar el el pago de derechos, es decir el comprobante original del depósito hecho a la cuenta de la Dirección del Trabajo de BancoEstado (sólo si realiza el trámite de manera presencial)
3.- Presentar el comprobante de pago que le entrega el sistema, al momento en que entrega la documentación en la Inspección (sólo si ingresa la solicitud a través del portal institucional).
¿Dónde se realiza?
- Vía electrónica: En el sitio institucional pinche el botón superior "Hacer el trámite" y enseguida la opción "Certificado de cumplimiento de obligaciones en línea". Siga paso a paso las indicaciones que allí se señalan. Para mayores detalles de cómo efectuar los trámites en línea, recomendamos consultar el Manual del Usuario (Material de apoyo), cuyo archivo encontrará en la misma página.
- Presencial: En interesado debe dirigirse a la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar o comuna en que se prestan los servicios o ejecutan las obras en régimen de subcontratación. La solicitud (F30-1), más el comprobante de pago de derechos y la documentación requerida, se debe presentar en la Oficina de Partes o en la Unidad responsable de certificados, según esté señalado en la Inspección del Trabajo donde le corresponda efectuar el trámite.
- Realizar sólo la solicitud en línea: Ingresar al portal institucional www.direcciondeltrabajo.cl, en la sección Trámites en Línea para Empleadores. Una vez efectuada la solicitud, se le indica la Inspección ante la cual debe presentar la documentación respectiva. El registro para obtener clave de acceso también está disponible en el sitio institucional de la Dirección del Trabajo.
Tiempo de realización
Máximo ocho días hábiles, contados desde el ingreso de la solicitud más todos los documentos requeridos en la Inspección que corresponda.
Costo
- Si el trámite se realiza vía electrónica, no tiene costo.
- $ 2.500 si se solicita directamente en la Inspección del Trabajo.
Valores fijados por Resolución Exenta N° 911 de fecha 23 de septiembre de 2004, publicado en Diario Oficial de fecha 28 de septiembre del 2004.
Resultado
Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.
Observaciones
- Para efectuar el trámite vía web, deberá estar registrado previamente en Trámites en Línea del portal institucional.
- El certificado que recibe el interesado contiene un folio que permite verificar su validez por Internet.
- El certificado no tiene período de validez, ya que lo que se certifica es el período revisado (hasta 6 meses por certificado).
- Este procedimiento se encuentra regulado administrativamente en la Circular Nº 148, de fecha 29/12/2006

