Acreditación de Prestadores de Servicios de Certificación de Firma Electrónica
Institución:
Subsecretaría de EconomíaÚltima actualización: 28/07/2011
Descripción:
Procedimiento mediante el cual el Prestador de Servicios de Certificación demuestra a la Entidad Acreditadora que cuenta con las instalaciones, sistemas, programas informáticos y recursos humanos necesarios, para otorgar certificados de firma electrónica en los términos que establece el ordenamiento jurídico vigente.
Para quién:
Personas jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que otorguen certificados de firma electrónica.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
La Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño tiene entre sus funciones la de ser la Entidad Acreditadora para Prestadores de Servicios de Certificación (PSC) de firma electrónica.
En ese rol, le corresponde certificar que las empresas que solicitan este servicio cuentan con las instalaciones, sistemas, programas informáticos y recursos humanos necesarios, para otorgar certificados de firma electrónica en los términos que establece el ordenamiento jurídico (Ley 19.799 y su Reglamento, Decreto N° 181).
En caso de ser autorizados, los PSC son inscritos en el Registro Público que mantiene la Subsecretaría.
¿A quién está dirigido?
Personas jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que otorguen certificados de firma electrónica, sin perjuicio de los demás servicios que puedan realizar.
Requisitos
- Demostrar la fiabilidad necesaria de sus servicios.
- Garantizar la existencia de un servicio seguro de consulta del registro de certificados emitidos.
- Emplear personal calificado para la prestación de los servicios ofrecidos, en el ámbito de la firma electrónica y los procedimientos de seguridad y gestión adecuados.
- Utilizar sistemas y productos confiables que garanticen la seguridad de sus procesos de certificación.
- Contar con la capacidad tecnológica necesaria para el desarrollo de la actividad de certificación.
Documentos requeridos
- Solicitud de acreditación, indicando Nombre o Razón Social, Rut, nombre y Rut del Representante Legal, domicilio social y dirección de correo electrónico, aceptando expresamente dicho medio como forma de comunicación.
- Comprobante de pago de los costos de la acreditación.
- Antecedentes que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos solicitados.
¿Dónde se realiza?
- La solicitudes de acreditación son recepcionada en Oficina de Partes de la Subsecretaría de Economía, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, Torre 2, Edificio Santiago Down Town, 1er Piso, Local 7, Santiago Centro, a nombre de "Entidad Acreditadora". El horario de atención es de lunes a jueves de 09:00 a 17:00 horas; y los viernes de 09:00 a 16:00 horas.
- Más información y consultas en www.entidadacreditadora.cl
Tiempo de realización
Entre 138 y 230 días hábiles.
Costo
- Arancel de acreditación: 115 UF
- Arancel de supervisión anual: 20 UF
Resultado
- Incorporación al Registro Público de Prestadores Acreditados que mantiene la Entidad Acreditadora.
- Habilitación del certificador para emitir certificados de firma electrónica avanzada.
- Inspección anual y/o extraordinaria del certificador por parte de la Entidad Acreditadora.
Observaciones
- La acreditación es voluntaria.
- En caso de que la acreditación no se conceda por incumplimiento de los requisitos y obligaciones legales y reglamentarias exigidas, los costos de acreditación pagados por el prestador que solicita la certificación no serán restituidos.
- Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

