Declaración de ferias o exposiciones oficiales o internacionales

feria, exhibiciones, ferias internacionales, patrocinio, feria oficial, exposición, exposiciones, comercio,
Última actualización: 16/06/2011

Descripción:

Reconoce la relevancia de un evento por parte de la autoridad, considerándolo importante para las actividades industriales, culturales o comerciales del país.

Para quién:

Entidades gremiales o personas jurídicas, según el tipo de evento.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La declaración de Feria o Exposición Oficial (o con patrocinio del Gobierno), consiste en el reconocimiento de un evento por parte de la autoridad considerándolo relevante para las actividades comerciales, industriales, culturales o de otra índole que sean importantes para el país.

Permite que las entradas para visitar la Feria o Exposición estén liberadas del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En tanto, la declaración de Feria o Exposición Internacional, consiste en el reconocimiento por parte de la autoridad de la importancia para las actividades comerciales, industriales culturales o de otro tipo que significa para el país la realización de una Feria o Exposición en la que se exhiban mercancías extranjeras o que cuente con la participación de expositores provenientes del extranjero.

Permite que las mercancías extranjeras, destinadas a ser exhibidas, entren al país con un régimen de admisión temporal; esto es, sin pagar derechos de aduana e IVA por su ingreso. Dichos impuestos deben ser pagados en caso de que las mercancías sean vendidas durante el desarrollo de la muestra.

Las mercancías extranjeras, por estar afectas a un régimen de admisión temporal, cuya duración dependerá del período que dure la muestra, deben permanecer todo el tiempo en el recinto donde serán exhibidas, el cual debe ser individualizado y delimitado, quedando sujetas a la fiscalización del Servicio Nacional de Aduanas.

¿A quién está dirigido?

  • Entidades gremiales.
  • Personas jurídicas.

Requisitos

Para la declaración de Feria o Exposición Oficial o con el Patrocinio del Gobierno:

  • Ser una entidad gremial.

Para la declaración de Feria o Exposición Internacional

  • Debe tratarse de una persona jurídica.

Para la declaración de Feria o Exposición Oficial, Internacional o con el Patrocinio del Gobierno

  • Ser una entidad gremial.

Documentos requeridos

Para entidades gremiales:

  • Solicitud enviada al Ministro de Hacienda, requiriendo la declaración de Oficial o el patrocinio del Gobierno para la feria o exposición en particular, indicando:
  1. El nombre de la feria o exposición.
  2. La entidad gremial que organiza la muestra.
  3. El objetivo de la feria o exposición.
  4. Las entidades expositoras.
  5. Las fechas y el lugar en que se llevará a cabo el evento.
  • Copia autorizada de los estatutos.
  • Certificado de vigencia (lo otorga el Ministerio de Justicia).
  • Copia simple del Rut.

Para personas jurídicas:

  • Solicitud enviada al Ministro de Hacienda, requiriendo la declaración de Internacional para la Feria o Exposición en particular, indicando:
  1. El nombre de la feria o exposición.
  2. La persona jurídica que organiza la muestra.
  3. El objetivo de la feria o exposición.
  4. Los expositores extranjeros o el origen de las mercancías extranjeras.
  5. El recinto donde se llevará a efecto la muestra, con indicación de sus deslindes.
  • Copia autorizada de los estatutos.
  • Certificado de vigencia de los estatutos.
  • Copia simple del Rut.

¿Dónde se realiza?

  • La solicitud y sus antecedentes deben presentarse en la Oficina de Partes del Ministerio de Hacienda: Teatinos N°120, piso 1, Santiago. El horario de atención es de lunes a jueves de 08:30 a las 14:00 horas y viernes desde 08:30 a 14:00 horas.

En regiones, en las Secretarías Regionales de Hacienda, desde donde remiten las solicitudes al Ministerio. Las direcciones de las oficinas son las siguientes:

  • Arica y Parinacota: Avda. Gral. Velásquez 1775, Intendencia Regional
  • Tarapacá: Serrano 145 - Piso 12, Of. 1201, Iquique - Edif. Econorte
  • Antofagasta: Prat Nº 384 - Piso 5º
  • Atacama: Los Carrera 645. Edificio Pedro León Gallo, Copiapó
  • Coquimbo: Arturo Prat 350, Piso 2, La Serena
  • Valparaíso: Melgarejo 669 - Piso 19, Valparaíso
  • Lib. Bdo. O'Higgins:
  • Maule: Uno Oriente 895, Talca.
  • Bío Bío: Avda. Padre A. Hurtado N° 426 - Of. 112.
  • La Araucanía: Aldunate 620 oficina 605 Edificio Inversur - Temuco
  • Aysén: Plaza Nº 485 - 1º Piso
  • Magallanes y Antártida Roca 973 - 2° Piso, Punta Arenas.

Más información en los teléfonos: (56- 02) 828 2093 ó (56 02) 828 2095, del Departamento Financiero del Ministerio de Hacienda.

Tiempo de realización

10 días hábiles apróximadamente.

Costo

  • La tramitación es gratuita.
  • El interesado debe pagar la correspondiente publicación en el Diario Oficial del Decreto que declara la Feria o Exposición Oficial, Internacional o le otorga ambas calidades.

Resultado

Decreto del Ministerio de Hacienda, exento del trámite de Toma de Razón, que declara un evento como:

  • Feria o Exposición Oficial o con Patrocinio del Gobierno.
  • Feria o Exposición Internacional.
  • Feria o Exposición Oficial, Internacional o con el Patrocinio del Gobierno.

Observaciones

  • El plazo indicado no incluye el tiempo de espera para la publicación del Decreto en el Diario Oficial.
  • Con la publicación del Decreto en el Diario Oficial, la entidad organizadora de la Feria o Exposición, puede realizar los procedimientos en el Servicio de Impuestos Internos para la exención del IVA a las entradas o en el Servicio Nacional de Aduanas, para solicitar la admisión temporal de las mercancías. Este último procedimiento se lleva a efecto mediante un Agente de Aduanas, cuyo contrato es de carácter reservado entre las partes.
feria, exhibiciones, ferias internacionales, patrocinio, feria oficial, exposición, exposiciones, comercio,

subir