Préstamo para financiar artículos médicos de afiliados a Dipreca
Institución:
Dirección de Previsión de Carabineros (DIPRECA)Última actualización: 14/07/2010
Descripción:
Beneficio que financia total o parcialmente aparatos ortopédicos u otros elementos médicos coadyuvantes.
Para quién:
A los imponentes activos y pasivos adscritos a Dipreca.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
La Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) permite a sus afiliados acceder a préstamos económicos para financiar -total o parcialmente- aparatos ortopédicos u otros elementos médicos coadyuvantes similares.
¿A quién está dirigido?
- Al Personal activo perteneciente a alguna de las instituciones afectas al Sistema Previsional Dipreca; Carabineros de Chile, Investigaciones de Chile, Gendarmería de Chile, y funcionarios de Dipreca.
- Personas pensionadas y montepiadas de Dipreca.
Requisitos
- No encontrarse sobregirado(a).
- Presentar la documentación exigida.
Documentos requeridos
- Préstamos médicos especiales Artículo 45° del D.S. 103/75:
- Carta dirigida al Sr. Director de Previsión solicitando el beneficio.
- Formulario Solicitud Única de Préstamos firmado por el solicitante.
- Fotocopia del carné de identidad , por ambos lados (vigente).
- Última boleta de pago de pensión o remuneración autorizada por la respectiva Jefatura.
- Si el solicitante tiene menos de 20 años efectivos en la institución o es montepiada(o), debe que adjuntar Pagaré Notarial firmado por 2 o 4 avales o codeudores solidarios, con más de 20 años efectivos en la Institución, autorizados por la Jefatura de la Unidad respectiva, y/o pensionados o montepiados(as), con la impresión dígito pulgar del aceptante, como de los codeudores solidario..
- Fotocopia del carné de identidad de los avales, actualizados.
- Informe Socioeconómico emitido por el Servicio Social de la Institución que pertenezca el imponente.
- Certificado del médico tratante, con indicación de diagnóstico de la enfermedad, descripción y características del elemento médico auxiliar que precisa.
- 3 Cotizaciones del artículo requerido por el facultativo.
¿Dónde se realiza?
- En internet en www.dipreca.cl, está disponible la "Solicitud Única de Préstamos y el Pagaré.
- Oficina Servicio Social, ubicado en 21 Mayo N° 592 oficina 305 tercer piso - Santiago Centro. El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
- Oficina de Asistente Social de cada Repartición, según corresponda.
En oficinas regionales de Dipreca:
- Oficina Iquique, ubicada en San Martin N°255 oficina 42, Edificio Empresarial.
- Oficina Antofagasta, ubicada en Almirante Latorre N°2356.
- Oficina La Serena, ubicada en Calle Matta N° 50.
- Oficina Viña del Mar, ubicada en Tres Norte N°1175.
- Oficina Talca, ubicada en 1 norte Nº 801 oficina 509 y 510, Edificio Plaza Centro.
- Oficina Concepción, ubicada en Calle San Martín N°963.
- Oficina Temuco, ubicada en Vicuña Mackenna N° 388 oficina 01, Edificio El Fundador.
- Oficina Puerto Montt, ubicada en Paipote S/N, Sector Chin Chin.
- Oficina Punta Arenas, ubicada en Calle Angamos N°464.
Tiempo de realización
- En Santiago: 17 días hábiles promedio.
- En regiones: 44 días hábiles promedio.
Costo
La tramitación es gratuita.
Resultado
Pago del Préstamo Médico Articulo 45°.
Observaciones
- Estos beneficios son facultativo para la Dirección del Servicio y condicionada a las disponibilidades presupuestarias del Fondo de Auxilio Social.
- Los imponentes que tengan más de una calidad de beneficiario (ejemplo pensionada/o y montepiada/o), podrán hacer uso del beneficio de préstamos, sólo por una de las calidades.
- No se concederán préstamos a aquellos peticionarios que se encuentren sobregirados en cualquiera de las calidades del imponente.
- Si el monto solicitado es de tres a cinco sueldos base anuales del grado 18° de la Escala Única de Sueldos de Carabineros de Chile, serán garantizados por cuatro fiadores y codeudores solidarios, con derecho a pensión de retiro, exigiéndose sólo dos avales cuando su monto sea inferior a tres sueldo bases anuales.
- Este beneficio favorece exclusivamente al o la imponente y no a sus cargas familiares.

