Autorización para cobrar la pensión de un afiliado a Capredena
Última actualización: 13/06/2011
Descripción:
Recepción, revisión y aprobación de un poder que el imponente otorga a un tercero para que cobre en su representación los beneficios que le corresponden percibir en la Caja de Previsión de Defensa Nacional.
Para quién:
Pensionados, montepiados, beneficiarios de pensiones alimenticias y cargas familiares.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Este procedimiento consiste en la recepción, revisión y visto bueno por parte de la Caja de Previsión de Defensa Nacional (Capredena) del poder que el imponente otorga a un tercero para que en su representación cobre los beneficios que le corresponden percibir en Capredena.
¿A quién está dirigido?
Pensionados, montepiados, beneficiarios de pensiones alimenticias y cargas familiares.
Requisitos
- El mandante debe concurrir a una Notaría para suscribir personalmente el poder e ingresarlo a la Oficina de Poderes de la Fiscalía.
- El mandante y el mandatario deben ser mayores de 18 años de edad.
- En caso de incapacidad mental del beneficiario deberá gestionarse la correspondiente interdicción por causa de demencia y el respectivo nombramiento de curador, ante los Tribunales de Justicia.
- Tratándose de menores que no cuenten con sus representantes legales (padres), deben tramitar el nombramiento de un tutor o curador, según corresponda al caso.
Documentos requeridos
- Poder general otorgado por escritura pública; o Poder especial otorgado por escritura pública; o Poder especial otorgado mediante un instrumento privado suscrito ante notario (formulario Capredena).
- Para los representantes legales de menores, certificado que acrediten la afiliación.
- Copias autorizadas de Sentencias Judiciales Ejecutoriadas.
¿Dónde se realiza?
- En la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, Avda. Bulnes N° 102, primer piso Oficina de Poderes, Santiago.
- En las Agencias Regionales de Capredena respectivas.
- Por internet en www.capredena.cl está disponible el formato tipo de la Carta Poder.
Tiempo de realización
Si cumple la formalidad y requisitos, se aprueba el curso de este documento en el momento de la solicitud.
Costo
No informa.
Resultado
Autorización de un poder para representar a los pensionados, montepiados y sus respectivas cargas familiares dentro de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y ante las oficinas del Banco pagador del pensionado.
Observaciones
- El apoderado debe suscribir la Carta Poder conjuntamente con el pensionado.
- El apoderado debe suscribir la carta poder, y asumir la obligación de reintegrar a la Caja en el plazo de 15 días, todos los fondos que esta Institución Previsional haya depositado en cualquier cuenta bancaria del mandante o apoderado, con posterioridad al fallecimiento del pensionado.
- El cobro indebido de pensiones será sancionado de acuerdo al artículo 470 N° 8 del Código Penal.
- Se recomienda usar el formulario de carta - poder que entrega la Caja de Previsión de la Defensa Nacional ya que gozan de gratuidad notarial según lo dispone la Ley 18.613.
- Los poderes otorgados mediante escritura pública, y los suscritos en formularios existentes en Notaría, tienen costo, el cual varía de acuerdo a los aranceles de la respectiva Notaría.

