Pago de desahucio de Capredena

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Última actualización: 20/06/2011

Descripción:

Indemnización por años de servicio que reciben los imponentes de Capredena que se acogen a retiro con derecho a pensión.

Para quién:

Imponentes de Capredena.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) realiza el pago de la Pensión de Desahucio a los imponentes que se acogen a retiro, con derecho a goce de pensión.

Corresponde a un monto equivalente a un mes de la última remuneración imponible por cada año o fracción igual o superior a seis meses de servicios afectos al régimen de Capredena, con un máximo de 30 mensualidades.

Los pagos se efectúan por medio de transferencia electrónica sólo a la cuenta bancaria de los beneficiarios, o a través de un Vale Vista magnético emitido por el Bancoestado, según la opción especificada por el imponente.

¿A quién está dirigido?

Imponentes de Capredena.

Requisitos

  • Tener derecho a pensión en Capredena.
  • Cotizar al fondo de desahucio.
  • Indicar medio de pago y datos de la cuenta, si corresponde.
  • Completar el formulario con datos requeridos para el trámite o enviar un fax indicando el número de la cuenta bancaria, Rut (fotocopiado por ambos lados) y la firma del interesado.

Documentos requeridos

Cédula de Identidad vigente.

¿Dónde se realiza?

Pagos:

  • En cualquier sucursal de BancoEstado o en cuentas corrientes personales.

Consultas y solicitudes de depósito:

Tiempo de realización

2 meses en promedio, desde la fecha de recepción de la resolución en esta Institución, hasta la fecha de pago.

Costo

Gratuito.

Resultado

Pago del beneficio.

Observaciones

  • El pago de indemnización de años de servicio se realiza a los imponentes que se acogen a retiro con derecho a pensión, de acuerdo a la legislación vigente (ley N° 8.895/47, Dfl N° 1/68 (G), Ley N° 18.458, Ley N° 18.948)
  • El timepo de pag está sujeto a disponibilidad presupuestaria.
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