Reconocimiento de suelos forestables
Institución:
Corporación Nacional Forestal (CONAF)Última actualización: 07/06/2011
Descripción:
Resolución que reconoce como forestables los terrenos susceptibles de realizar en ellos actividades de forestación y recuperación de suelos degradados.
Para quién:
Propietarios y propietarias de predios.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
La Corporación Nacional Forestal (Conaf) reconoce los suelos forestables, a solicitud del propietario. Esto permite a los interesados optar a bonificaciones.
quien la presentará conjuntamente con la indicación de la superficie sujeta a forestación. La solicitud podrá comprender, además, actividades de recuperación de suelos degradados, y deberá acompañarse de un informe en que se acredite la degradación de los terrenos, que contendrá la proposición de las actividades que vayan a ejecutarse, como asimismo, las medidas de preservación y protección por adoptar, de acuerdo con las normas que se establezcan en el reglamento.
La solicitud e informe técnico, pueden ser elaborados a través de la Aplicación Consultor, software elaborado por Conaf que facilita la confección del informe técnico y que permite la transferencia de archivos directamente a los sistemas que la institución utiliza para la tramitación de solicitudes relativas al D.L.701, minimizando los tiempos de tramitación.
¿A quién está dirigido?
A todos los propietarios de predios que deseen optar a bonificaciones forestales.
Requisitos
- Los suelos deben corresponder a alguno de los siguientes:
- Suelos degradados de cualquier clase para la forestación.
- Suelos de secano arables ubicados en áreas en proceso de desertificación.
- Suelos de clase IV de riego que tengan la naturaleza de tales, conforme a la clasificación que utiliza el Servicio de Impuestos Internos en la tasación fiscal de los terrenos y que además, se encuentren degradados.
- Suelos para el establecimiento de cortinas cortavientos destinadas a proteger suelos degradados de cualquier clase, o con serio peligro de erosión, por efecto de la acción eólica.
- Los terrenos solicitados deben carecer de vegetación o en caso de estar cubiertos con vegetación arbórea o arbustiva, no debe ser susceptible de ser manejada, para constituir una masa arbórea o arbustiva con fines de preservación, protección o producción.
- La solicitud puede ser elaborada en forma manual por el interesado, a través del formulario "Reconocimiento de Suelos Forestables"; o bien acudir a un consultor forestal, quién podrá utilizar software "Aplicación Consultor".
- La solicitud debe contener la individualización y firma del o la propietaria o de su representante legal, y la individualización del predio con indicación de la superficie solicitada.
Documentos requeridos
- Formualario de solicitud "Reconocimiento de Suelos Forestables".
- Copia de inscripción de dominio del predio, con certificado de vigencia que no tenga una antigüedad mayor de 60 días contada desde la fecha de su expedición por parte del respectivo Conservador de Bienes Raíces o certificado del Ministerio de Bienes Nacionales, que acredite que el solicitante es poseedor en trámite de saneamiento de títulos de dominio.
- Certificado de avalúo con clasificación de capacidad de uso de suelos, cuando se trate de suelos de clase IV de riego.
- Informe que justifique la calidad de suelos forestables.
- Cartografía.
En el caso que el interesado sea un pequeño propietario forestal, para ser reconocido como tal, adjuntar:
- Certificado emitido por el Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap), que acredite la condición de pequeño productor agrícola.
- Certificado emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente a la inscripción de dominio del predio en común, para el caso de comunidades agrícolas reguladas por el decreto con fuerza de Ley Nº 5, de 1968.
- Certificado emitido por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que acredite que se trata de:
- Comunidades sobre bienes comunes resultantes del proceso de Reforma Agraria.
- Sociedades de secano constituidas de acuerdo con el artículo 1º del Decreto Ley Nº 2.247, de 1978.
- Las sociedades a que se refiere el artículo 6º de la ley Nº 19.118. (Tratándose de estas dos últimas formas de sociedades, el Servicio deberá certificar que a lo menos el 60% del capital social de tales sociedades se encuentra en poder de los socios originales o de personas que tengan la calidad de pequeños propietarios forestales).
- Certificado emitido por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), que acredite que se trata de comunidades indígenas regidas por la Ley Nº 19.253.
Copia de inscripción de dominio del predio, con certificado de vigencia que no tenga una antigüedad mayor de 120 días, contada desde la fecha de su expedición por parte del respectivo Conservador de Bienes Raíces; o certificado del Ministerio de Bienes Nacionales, que acredite que el solicitante es poseedor en trámite de saneamiento de títulos de dominio.
¿Dónde se realiza?
- En las Oficinas de Conaf que corresponda, según la ubicación del predio. El horario de atención es de lunes a jueves 08:45 a 17:30 horas; viernes de 08:45 a 16:45 horas.
- Por internet en www.conaf.cl está disponible el tener el formulario Formulario de solicitud de reconocimiento de suelos forestables.
Tiempo de realización
60 días corridos.
Costo
Gratuito.
Resultado
Resolución que aprueba o deniega el Reconocimiento de Suelos Forestables.
Observaciones
- Si Conaf no se pronuncia dentro del señalado plazo, se entenderá aprobada la solicitud.
- Conaf no ingresa a trámite las solicitudes incompletas ni enmendadas o aquéllas a las cuales no se acompañen los antecedentes mencionados en este artículo.
- El o la propietaria declarará bajo juramento que los datos proporcionados en la solicitud son verdaderos.
Pasos a seguir para utiliar el software "Aplicación Consultor":
- Para presentar reconocimiento vía digital, el Consultor encargado de confeccionar el informe debe ingresar al sitio web de Conaf, http://www.conaf.cl.
- Al pasar el cursor sobre el menú "Conaf a su Servicio" se desplegarán varias opciones.
- Pinche sobre "Aplicación Consultor". Ingrese su nombre de usuario, su contraseña y pinche en "Enviar".
- Descargue la Aplicación Consultor e instálela en su PC Descargue el Manual de Usuario, disponible en la misma página web.
- Confeccione la solicitud y estudio técnico en su PC.
- Genere el archivo de intercambio Conaf, de acuerdo a las instrucciones del manual y cópielo a un dispositivo de almacenamiento portátil.
- Presente en Conaf solicitud, estudio técnico, plano, documentación legal adjunta y Archivo de intercambio Conaf generado por la Aplicación.

