Autorización para realizar investigaciones en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado

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Última actualización: 07/06/2011

Descripción:

Permite realizar estudios con caracter científico en parques nacionales, reservas forestales o nacionales, monumentos naturales administrados por Conaf.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Corporación Nacional Forestal (Conaf) recibe las solcitudes de personas interesadas en realizar actividades de investigación en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (Snaspe).

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas.

Requisitos

  • Conocer el reglamento establecido por Conaf para dicho efecto y comprometerse a respetarlo.
  • Contar con el patrocinio oficial de algún organismo que, directa o indirectamente, desarrolle labores de investigación.
  • Presentar la solicitud con los antecedentes requeridos.
  • En caso de ser extranjero, y que la investigación se realice en zonas fronterizas, se requiere autorización de la Dirección de Fronteras y Límites (Difrol).
  • Presentar la solicitud con almenos 3 meses de anticipación, previo al inicio de los trabajos en terreno.

Documentos requeridos

  • Formulario de solicitud.
  • Proyecto de investigación, detallando los métodos a aplicar y las actividades que se desarrollarán en el Snaspe.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

3 meses.

Costo

Gratuito.

Resultado

Autorización para realizar trabajos con carácter de investigación en las Áreas Silvestres Protegidas del Estado de Chile.

Observaciones

  • La validez del permiso depende de la solicitud de investigación manifestada por el solicitante, donde se estipula la duración del proyecto, cualquier cambio deberá ser objeto de otra solicitud.
  • El permiso otorgado conlleva compromisos estipulados en él, que el investigador debe cumplir bajo apercibimiento que se le nieguen nuevos permisos tanto al solicitante como a la institución a que pertenece o que lo patrocina.
  • El permiso otorgado por Conaf no exime a los investigadores de obtener las demás autorizaciones que, en cada caso sean exigidas por la legislación chilena, y corresponderá a los interesados su obtención.
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