Autorización para el uso de áreas silvestres protegidas con fines recreativos, deportivos, religioso o culturales

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Última actualización: 07/06/2011

Descripción:

Permite realizar actividades recreativas, culturales, educativas o religiosas en Áreas Silvestres Protegidas del Estado, siempre que sean compatibles con los objetivos de manejo y cumplimiento de los reglamentos específicos de ellas.

Para quién:

Organizaciones, comunidades aledañas y grupos interesados en visitar áreas silvestres protegidas con fines recreativos, deportivos, culturales, educativos y religiosos.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Corporación Nacional Forestal (Conaf) permite la realización de actividades recreativas, culturales, educativas o religiosas en Áreas Silvestres Protegidas del Estado, siempre que sean compatibles con los objetivos de manejo y cumplimiento de los reglamentos específicos de ellas.

Las personas u organizaciones interesadas en acceder a este beneficio deben enviar una solicitud dirigida al Director Regional o al Jefe Regional del Departamento de Áreas Silvestres Protegidas. La decisión ante la solicitud es facultad de la Dirección Regional.

¿A quién está dirigido?

  • Preferentemente a organizaciones y personeros de instancias culturales, sociales, educativas y/o religiosas.
  • Comunidades vecinas a las Áreas Silvestres Protegidas.
  • Segmentos y organizaciones no gubernamentales especiales de la población que a Conaf le interesa que visiten las áreas protegidas, como organizaciones de adultos mayores, asociaciones culturales, intereses medicinales y religiosos indígenas, organizaciones de personas con discapacidad, establecimientos pre-escolares, escolares nivel básico, medio y superior.

Requisitos

  • Dirigir la solicitud al respectivo Jefe de Departamento de Áreas Silvestres Protegidas.
  • Manifestar la condición especial que ostenta, para solicitar la autorización de uso.
  • Señalar en la solicitud el tipo y objetivo de la actividad a realizar, identificación de los solicitantes, cantidad de personas, fecha y duración de la actividad, responsable del grupo.
  • Presentar la documentación solicitada.

Documentos requeridos

  • Carta de solicitud dirigida al Director Regional o al Jefe Regional del Departamento regional de Áreas Silvestres Protegidas.
  • Documento oficial por parte del representante de la organización, si se trata de una institución.

¿Dónde se realiza?

En las Direcciones Regionales de Conaf.

Tiempo de realización

15 días hábiles.

Costo

Gratuito.

Resultado

Respuesta de Conaf mediante el envío de tarjetas de autorización o cartas de aceptación o rechazo de la solicitud.

Observaciones

  • A los beneficiados con estas autorizaciones se les exige un comportamiento respetuoso hacia la normativa que se aplica en el área silvestre protegida visitada, así como para evitar interferencias con otro tipo de usuarios.
  • El no cumplimiento de estas condiciones faculta a Conaf para cobrar multas o no acceder a futuras solicitudes de la persona, grupo u organización.
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