Registro de Armas de Coleccionistas
Última actualización: 24/11/2011
Descripción:
Identifica a las personas naturales o jurídicas interesadas en adquirir, tener o poseer armas de colección.
Para quién:
Personas naturales y jurídicas que coleccionan armas de fuego.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Solicitud que deben presentar en las autoridades fiscalizadoras aquellas personas naturales o jurídicas que desean adquirir, tener o poseer armas de colección.
¿A quién está dirigido?
A todas las personas naturales o jurídicas que deseen adquirir, tener o poseer armas de colección, y que estén en condiciones de mantenerlas bajo adecuadas medidas de seguridad. Previamente, deben inscribirse en el Registro de Coleccionistas de Armas de Fuego.
Requisitos
- Presentar solicitud en la autoridad fiscalizadora correspondiente a su domicilio, acompañando una lista de las armas que desea inscribir.
- Cumplir con las medidas de seguridad conforme a cantidad de armas que se desea inscribir como colección.
Documentos requeridos
- Carta solicitud.
- Individualización de la o las armas.
- Certificado de Asistencia Técnica del Banco de Pruebas de Chile por cada arma que no se encuentre inscrita.
- Comprobante de pago de la tasa de derechos.
- Para inscribir las armas, debe cumplir con los requisitos dispuestos en el Artículo 76 del Reglamento Complementario.
- Certificado de Residencia (domicilio del arma), otorgado por Carabineros de Chile.
- Fotocopia de la Cédula de Identidad.
- Poder Notarial si el trámite lo efectúa un tercero en su representación, adjuntado fotocopia de la Cédula de Identidad.
¿Dónde se realiza?
En las autoridades fiscalizadoras ubicadas a lo largo del país. Las direcciones y teléfonos (formato PDF) están disponibles en el sitio Web de la Dirección General de Movilización Nacional.
Tiempo de realización
No informa.
Costo
- El valor de los trámites para los distintos adquirentes (particulares, comerciantes, deportistas etc.) se encuentra detallado en el sitio Web de la Dirección General de Movilización Nacional en formato MS-Word.
- Se ajusta semestralmente.
Resultado
-
Padrón de inscripción del arma como coleccionista.
Observaciones
- Para las armas inscritas para fines de colección, no se podrá comprar munición.
- Esta inscripción deberá ser renovada cada cinco años (contados desde la fecha de promulgación del Reglamento Complementario en el Diario Oficial).

