Registro de Armas de Coleccionistas

inscripción, armas, control de armas
Última actualización: 24/11/2011

Descripción:

Identifica a las personas naturales o jurídicas interesadas en adquirir, tener o poseer armas de colección.

Para quién:

Personas naturales y jurídicas que coleccionan armas de fuego.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

Solicitud que deben presentar en las autoridades fiscalizadoras aquellas personas naturales o jurídicas que desean adquirir, tener o poseer armas de colección.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas naturales o jurídicas que deseen adquirir, tener o poseer armas de colección, y que estén en condiciones de mantenerlas bajo adecuadas medidas de seguridad. Previamente, deben inscribirse en el Registro de Coleccionistas de Armas de Fuego.

Requisitos

  • Presentar solicitud en la autoridad fiscalizadora correspondiente a su domicilio, acompañando una lista de las armas que desea inscribir.
  • Cumplir con las medidas de seguridad conforme a cantidad de armas que se desea inscribir como colección.

Documentos requeridos

  • Carta solicitud.
  • Individualización de la o las armas.
  • Certificado de Asistencia Técnica del Banco de Pruebas de Chile por cada arma que no se encuentre inscrita.
  • Comprobante de pago de la tasa de derechos.
  • Para inscribir las armas, debe cumplir con los requisitos dispuestos en el Artículo 76 del Reglamento Complementario.
  • Certificado de Residencia (domicilio del arma), otorgado por Carabineros de Chile.
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad.
  • Poder Notarial si el trámite lo efectúa un tercero en su representación, adjuntado fotocopia de la Cédula de Identidad.

¿Dónde se realiza?

En las autoridades fiscalizadoras ubicadas a lo largo del país. Las direcciones y teléfonos (formato PDF) están disponibles en el sitio Web de la Dirección General de Movilización Nacional.

Tiempo de realización

No informa.

Costo

  • El valor de los trámites para los distintos adquirentes (particulares, comerciantes, deportistas etc.) se encuentra detallado en el sitio Web de la Dirección General de Movilización Nacional en formato MS-Word.
  • Se ajusta semestralmente.

Resultado

  • Padrón de inscripción del arma como coleccionista.

Observaciones

  • Para las armas inscritas para fines de colección, no se podrá comprar munición.
  • Esta inscripción deberá ser renovada cada cinco años (contados desde la fecha de promulgación del Reglamento Complementario en el Diario Oficial).
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