Transferencias de armas de fuego

armas, control de armas
Última actualización: 24/11/2011

Descripción:

Procedimiento mediante el cual persona natural o jurídica vende o cede su arma de fuego a otra.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas que tengan armas inscritas a su nombre.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

Este procedimiento de la Dirección general de Movilización naciobal (DGMN) permite a una persona natural o jurídica vender o ceder su arma de fuego a otra.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas naturales o jurídicas que tengan armas inscritas a su nombre.

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años (se exceptúan los menores de edad que se encuentran registrados como deportistas).
  • Tener cupo disponible para la inscripción del arma.
  • Haber aprobado examen de conocimiento sobre conservación, mantenimiento y manejo de armas, entregado por la autoridad fiscalizadora al momento de inscribir el arma.
  • No haber sido sancionado en procesos relacionados con la Ley Nº 19.325 (Violencia Intrafamiliar).
  • No haberse dictado en su contra auto de apertura de juicio oral.

Documentos requeridos

  • Certificado de Antecedentes para fines especiales.
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad de quién inscriba el arma.
  • Certificado médico otorgado por un psiquiatra.
  • Certificado de Residencia (domicilio donde quedará guardada el arma), otorgado por Carabineros de Chile.
  • Original del Padrón del Arma del propietario (si lo tuviese).
  • Si el propietario del arma no se encuentra ubicable, deberá adjuntar una declaración jurada ante notario en que conste que el propietario del arma no ha sido ubicado y que el interesado se hará responsable del arma ante cualquier acción legal que pudiese interponer el dueño de ésta. ( Art. 92 del Reglamento Complementario Ley Nº 17.798).
  • En caso que el vendedor no pueda concurrir a realizar el trámite, podrá entregar un poder notarial para que otra persona lo represente.

¿Dónde se realiza?

Este procedimiento se realiza en todas las autoridades fiscalizadoras, a cargo de fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Control de Armas y Explosivos, ubicadas a lo largo del país. Las direcciones y teléfonos se encuentran publicadas en el sitio Web institucional de la Dirección General de Movilización Nacional (archivo en formato PDF).

Tiempo de realización

No informa.

Costo

  • El valor de los trámites se ajusta semestralmente y varía según los distintos adquirentes (particulares, comerciantes, deportistas etc.).Se encuentra detallado en el sitio Web institucional de la Dirección General de Movilización Nacional (archivo en formato MS-Word).

Resultado

Padrón que certifica la inscripción del arma.

Observaciones

  • La persona debe solicitar una Guía de Libre Tránsito, para el traslado del arma al nuevo domicilio.
  • Mayores antecedentes se pueden obtener en el Reglamento Complementario a la Ley, disponible en el sitio Web de la DGMN.
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