Autorización de expediciones en zonas fronterizas para residentes en el exterior

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Última actualización: 05/04/2010

Descripción:

Permite a residentes en el extranjero realizar expediciones en zonas declaradas fronterizas de Chile.

Para quién:

Personas residentes en el exterior, oficinas turísticas, instituciones internacionales, particulares en general, instituciones nacionales, servicios públicos.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Las principales cumbres de Chile se encuentran en territorios declarados zonas fronterizas. Es recomendable consultar a DIFROL o al Consulado de Chile más próximo al lugar de residencia, de organismos o personas interesadas antes de efectuar una expedición que puede involucrar el acceso a áreas aisladas o poco frecuentadas.

¿A quién está dirigido?

Personas, residentes en el exterior, oficinas turísticas, instituciones internacionales, particulares en general, instituciones nacionales, servicios públicos.

Requisitos

  • Presentación del plan con la debida anticipación a la fecha de inicio de la expedición.
  • Este requisito es importante para las coordinaciones previas que DIFROL deba efectuar con otros organismos.
  • Nómina completa de los participantes, indicando nombre, nacionalidad.

Documentos requeridos

  • Nº de pasaporte y país que lo otorga, ó documento de identidad.

¿Dónde se realiza?

  • Dirección de Fronteras, Departamento de Asuntos Internacionales, Teatinos 180, piso 7, Santiago - Centro, Chile.
  • También puede ser presentada la solicitud en un Consulado de Chile.

Costo

No tiene costo.

Resultado

Autorización a extranjeros para expediciones a zonas fronterizas

Observaciones

  • No requieren autorización de DIFROL, las expediciones consistentes en caminatas (trekking), filmaciones de aficionados, recorridos en bicicleta (mountain bike), competencias automovilísticas u otras al aire libre.
  • Las expediciones vinculadas a monumentos nacionales, monumentos arqueológicos o monumentos históricos, situados en la zona fronteriza, requieren de la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales de Chile www.monumentos.cl.
  • DIFROL ejerce una coordinación para contactar a otras instituciones, si fuere requerida.
  • Una vez obtenida la autorización y al encontrarse el expedicionario en el sector donde se efectuará la actividad, deberá presentarse o tomar contacto con la unidad de Carabineros de Chile más próxima, a fin de que se verifique el permiso, las fechas de inicio y término de la expedición, de las rutas a recorrer, así como el adecuado equipamiento de terreno que el expedicionario debe poseer para resguardo de su seguridad.
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