Informe favorable para la construcción (Ex Cambio de uso de suelo)
Institución:
Ministerio de AgriculturaÚltima actualización: 20/12/2010
Descripción:
Autoriza proyectos que contemplan nuevas construcciones en el sector rural.
Para quién:
Predios ubicados fuera de los límites urbanos.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
El Ministerio de Agricultura emite, a solicitud de la persona interesada, el Informe Favorable para la Construcción (Ex Cambio de Uso de Suelo), que otorga el permiso sectorial para instalar y/o edificar construcciones ajenas a la agricultura en el sector rural.
Este permiso involucra sólo a las nuevas construcciones, con o sin subdivisión, según lo señalados por el Artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
¿A quién está dirigido?
Propietarios de predios rurales que quieran desarrollar actividades diferentes a la agrícola, y que garanticen la no afectación de los recursos naturales del predio y del entorno.
Requisitos
- Ser propietario o contar con Poder Simple por parte del propietario.
- Estar emplazado en el sector rural de la comuna.
- Tener un proyecto factible de desarrollar y que sea compatible con la no afectación de los recursos naturales.
- Cumplir con los usos permitidos por los instrumentos de Planificación.
- Dirigir la solicitud al Seremi de Agricultura, indicar expresamente que el proyecto cumple con lo establecido en el Art 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y/o con los usos permitidos en las diferentes Áreas definidas por el Plan Regulador Intercomunales. Además debe identificar o individualizar el proyecto de construcción o construcción con subdivisión predial y estar firmada por el propietario y/o su representante.
- Individualizar a el o los propietarios del predio rural, donde se solicita informe favorable para la construcción indicando los siguientes antecedentes: nombre completo del propietario, Cédula de Identidad, dirección comercial, dirección postal, teléfono, correo electrónico.
Documentos requeridos
- Solicitud de Informe favorable para la contrucción.
- Certificado de informaciones previas (regiones Metropolitana, Valparaíso y Biobío) y/o Certificado de Ruralidad emitido por la Dirección de Obras Municipales (DOM) que corresponda, respecto de la ubicación del predio y los usos permitidos en las diversas áreas definidas por los instrumentos de planificación territorial.
- Certificados de factibilidad técnica (luz, alcantarillado y agua potable). En caso de no disponer de factibilidad por parte de la empresa concesionaria, debe proporcionar antecedentes sobre solución particular que implementará para abastecerse de servicios básicos (luz, agua potable, y tratamiento de aguas servidas).
- Certificado de avalúo fiscal con clasificación de suelo emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
- Certificado de dominio vigente actualizado, del predio y de los derechos de agua, con vigencia no mayor a 90 días.
- Estudio técnico o Memoria explicativa, suscrita por un profesional competente, que señale la factibilidad del proyecto, cómo se insertará en el medio rural y la incidencia en los recursos naturales renovables suelo, agua y aire. Adjuntar antecedentes de obras de urbanización existentes en el predio, derechos de aprovechamiento de aguas, vías de acceso existentes y proyectadas y, servidumbres.
- 4 copias del plano del predio. El plano debe contener:
- Emplazamiento de las construcciones
- Cuadro de superficies del predio y de las construcciones.
- Cuadro de ubicación del predio respecto a caminos o ciudad.
- Indicar escala usada.
- Firma del propietario y el profesional competente que hace el plano.
- Georreferenciar el predio. Uso de GPS en coordenadas UTM Datum 19 WG 84
- Los proyectos que deben someterse a una Evaluación Ambiental, deben obtener primero la Resolución de Calificación Ambiental favorable por parte de la Corema para su otorgamiento. En caso de existir dudas sobre su ingreso, debe solicitar certificado de pertinencia de ingreso al Servicio de Evaluación Ambiental (ex Conama) de cada región.
¿Dónde se realiza?
- En las Secretarías Regionales Ministeriales de Agricultura.
- En las Oficinas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) se realiza el pago de las inspecciones en terreno.
Tiempo de realización
Entre 30-45 días, siempre y cuando se cuente con todos los antecedentes solicitados.
Costo
Tarifas de la inspección en terreno:
- 1,75 UTM para fines industriales y mineros
- 1,25 UTM para otros fines como vivienda, turismo, etc.
Resultado
Resolución Exenta o Informe Favorable para la Construcción, que autoriza o rechaza las nuevas construcciones -con o sin subdivisiones- emplazadas en predios rurales.
Observaciones
- Las solicitudes que hagan referencia a la regularización de una construcción ya terminada y en pleno funcionamiento no serán autorizadas y están expuestas a sanciones, según lo estipula el Artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Para los efectos de la aplicación de la preceptiva correspondiente a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, son "profesionales competentes", únicamente, aquellos profesionales expresamente indicados en los artículos 16 y 17 de la señalada Ley.
Marco legal relacionado:
- Ministerio de Agricultura: DFL 3516 de 1980, "Establece normas sobre división de predios rústicos". Ley 19.283 de 1994 (Art. 46) "Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero". Decreto Supremo N° 67, de 1982, y sus modificaciones, otorga a los Secretarios Regionales Ministeriales de Agricultura las atribuciones y facultades que indica, modificado por el Decreto Supremo 211 de 23 de octubre de 1993.
- Ministerio de Vivienda: D.F.L. 458 de 1975 (Art. 55) "Ley General de Urbanismo y Construcciones" y "Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones". Decreto Supremo N° 47, de 1992; Ordenanza de la LGUC, y sus modificaciones posteriores: D.S. N° 75, de 2001, D.S. N° 143, de 2003, otros.

