Cumplimiento de sentencia judicial que condena al Fisco

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Última actualización: 29/06/2010

Descripción:

Decreto o Resolución que dicta el Ministerio de Justicia para dar cumplimiento a una sentencia judicial que condena al fisco. El procedimiento se rige por el artículo 752 del Código de Procedimiento Civil.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas que han obtenido fallos favorables, en los cuales los Tribunales de Justicia condenan al fisco.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Decreto o Resolución dictada por el Ministerio de Justicia para dar cumplimiento a una sentencia judicial que condena al Fisco. Este procedimiento se rige por el artículo 752 del Código de Procedimiento Civil.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas que, de acuerdo a la legislación vigente han obtenido fallos favorables, en los cuales los Tribunales de Justicia condenan al Fisco y ordenan el cumplimento de las respectivas sentencias ejecutoriadas.

Requisitos

  • Sentencia ejecutoriada de los Tribunales de Justicia.
  • Informe favorable del Consejo Defensa del Estado.
  • Los documentos requeridos deben ser enviados, en copias autorizadas y mediante un oficio remisor, por el juez de la causa en que se dictó la sentencia condenatoria, a solicitud del abogado de la o las personas que ganaron el juicio.

Documentos requeridos

  • Copia autorizada de sentencia ejecutoriada (primera instancia, segunda instancia y Corte Suprema, según corresponda);
  • Certificado de Sentencia Ejecutoriada;
  • Liquidación de deuda; informa favorable del Consejo de Defensa del Estado.

¿Dónde se realiza?

En el Ministerio de Justicia, Morandé 107, Santiago Centro.

Tiempo de realización

El plazo legal es de 60 días

Costo

No se contempla

Resultado

Resolución que ordena al tesorero que corresponda, el pago de las sumas a que el Fisco fue condenado.

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