Permiso para realizar obras de captación de aguas subterráneas bonificadas por la Ley 18.450

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Última actualización: 25/05/2009

Descripción:

El análisis previo incluye una visita de profesionales de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) al lugar donde se realizará el sondaje, para verificar que se trata de un pozo nuevo.

Para quién:

Propietarios de predios beneficiados con la bonificación que establece la ley.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) autoriza la realización de obras de captación de aguas subterráneas, exclusivamente a los proyectos que se acogen a la bonificación de la Ley N° 18.450.

El análisis previo incluye una visita de profesionales de la DOH al lugar donde se realizará el sondaje, para verificar que se trata de un pozo nuevo.

¿A quién está dirigido?

Propietarios de predios beneficiados con la bonificación que entrega la ley N° 18.450, para proyectos de captación de aguas subterráneas.

Requisitos

  • Contar con la bonificación que entrega la ley N° 18.450 para proyectos de captación de aguas subterráneas.
  • Presentar documentos requeridos, por la Dirección de Obras Hidráulicas.
  • Indicar la identificación del postulante o propietario, identificación del predio, fecha de inicio de faenas de perforación.

Documentos requeridos

Solicitud de Permiso de Captación de Aguas Subterráneas, para los proyectos que se acogen a la bonificación de la ley N° 18.450.
Carta dirigida al director regional de Obras Hidráulicas.

Tiempo de realización

Aproximadamente 2 a 3 semanas.

Costos

Gratuito.

Resultado

Autorización de la obra.

Observaciones

El tiempo de respuesta varía en función de la complejidad específica de la solicitud.

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