Autorización para ocupar la faja vial para accesos a camino público
Institución:
Dirección Nacional de VialidadÚltima actualización: 11/01/2011
Descripción:
Resolución que permite la ocupación de la faja vial para habilitar el funcionamiento de accesos a un camino público.
Para quién:
Personas naturales o jurídicas, comunidad en general.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Permiso entregado por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas a las personas naturales o jurídicas que necesitan habilitar accesos a un camino público con fines industriales, comerciales o particulares.
El procedimiento a seguir es el siguiente:
- El interesado presenta solicitud para regularización de acceso a caminos declarados como públicos en áreas urbanas en la División de Infraestructura Vial Urbana, en áreas interurbanas en la Dirección de Ingenería o en las oficina de partes de las Direcciones Regionales correspondientes.
- La División de Ingenería o la División de Infraestructura Vial Urbana, según corresponda, previa visita a terreno, informa al interesado los requisitos necesarios para poder iniciar el trámite correspondiente, dependiendo del tipo de acceso solicitado (industrial, comercial o particular), como del flujo vehicular.
- El interesado presenta los antecedentes solicitados en la División de Ingenería o en la División de Infraestructura Vial Urbana, según corresponda.
- La División de Ingenería o la División de Infraestructura Vial Urbana, revisa los antecedentes e informa observaciones o aprueba el proyecto de acceso.
¿A quién está dirigido?
- Personas naturales
- Personas jurídicas
- Sociedades en general.
Requisitos
- Las solicitudes de autorización deben ser presentadas por las personas naturales o jurídicas propietarias del predio donde se piensa realizar el acceso y el proyecto ejecutado por un profesional del área de la ingeniería civil.
- La solicitud debe estar dirigida al Director Nacional de Vialidad si se trata de un camino público nacional o al Director Regional de Vialidad si se trata de camino público regional.
- Para el caso de rutas concesionadas deben ser dirigidas al Inspector Fiscal de Explotación o Construcción del contrato de Concesión de la ruta.
Documentos requeridos
Para regularizar accesos a caminos públicos
- Formulario de solicitud de acceso.
- Copia autorizada de constitución de la sociedad, si corresponde.
- Documentos que acrediten la propiedad del predio o representación legal del propietario.
- Diseño de emplazamiento conceptual de acceso.
- Diseño de ingeniería de detalle (sólo en casos excepcionales).
- Certificado de línea e informes previos
- Anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales
Para regularizar accesos a rutas concesionadas
- Formulario de solicitud de acceso.
- Declaración Notarial de cuantificación y tipología de tránsito.
- Documentos que acrediten la propiedad del predio o representación legal del propietario.
- Estudio de impacto vial, cuando el acceso lo requiera.
- Diseño de emplazamiento conceptual de acceso.
- Diseño de ingeniería de detalle.
¿Dónde se realiza?
- Regularización de Accesos a Caminos Públicos: En la Oficina de Partes del la Dirección de Vialidad, ubicada en Morandé 59, 2º piso, Santiago. En las Oficinas de Partes de las Direcciones Regionales de Vialidad. Horario de atención: De lunes a jueves de 8:30 a 17:00 y viernes de 8:30 a 16:00 hrs. A nombre de División Infraestructura Vial Urbana o División de Ingeniería según sea el caso.
- Regularización de Accesos a Rutas Concesionadas: El trámite debe hacerse a través de la inspección fiscal del contrato de Concesión respectivo.
- Por internet puede verificar cuáles son los caminos públicos bajo la Administración de la Dirección de Vialidad en www.vialidad.cl, opción "Decretos Supremos que declaran caminos públicos".
Tiempo de realización
1 ciclo: 20 días de respuesta al ingreso, para el caso de proyectos no concesionados, que no requieren consulta a otros organismos.
Costo
No tiene costo.
Resultado
Autorización provisoria de acceso a la ruta.
Observaciones
Normativa asociada:
- Decreto con Fuerza de Ley MOP Nº 850 del 12 de septiembre de 1997
- Resolución DV N° 232 de fecha 22 de marzo de 2002.
- Manual de Carreteras.
- Ley General de Urbanismo y Construcción.
- Planos Reguladores.
- Manual de Recomendaciones para el Diseño del Espacio Vial Urbano (Redevu)
- Ley y Reglamento de Concesiones.

