Cancelación de inscripción electoral por defunción

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Última actualización: 18/10/2010

Descripción:

A solicitud de un tercero, deja sin efecto las inscripciones electorales de personas que han fallecido.

Para quién:

Familiares del fallecido y comunidad en general.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Servicio Electoral (Servel), recibe las solicitudes de cancelación de la inscripción electoral de una persona fallecida, que realizan terceros.

¿A quién está dirigido?

A familiares y en general cualquier persona que tenga conocimiento de la defunción de una persona inscrita en los Registros Electorales.

Requisitos

  • Completar el formulario o enviar una carta dirigida al Director del Servicio Electoral, indicando nombre, número de Cédula de Identidad y firma del solicitante; y nombre, número de Cédula de Identidad de la persona fallecida.
  • En caso de estar disponibles, incluir los datos de la inscripción electoral de la persona fallecida.

Documentos Requeridos

Original del certificado de defunción.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

La cancelación de la inscripción es inmediata.

Costo

Gratuito.

Resultado

Cancelación de inscripción electoral por defunción.

Observaciones

  • Periódicamente el Servicio de Registro Civil e Identificación comunica al Servicio Electoral las defunciones inscritas, por tanto, este trámite es muy excepcional.
  • No hay un plazo para realizarlo.
  • Su validez es indefinida.
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