Cancelación de inscripción electoral por defunción
Institución:
Servicio ElectoralÚltima actualización: 18/10/2010
Descripción:
A solicitud de un tercero, deja sin efecto las inscripciones electorales de personas que han fallecido.
Para quién:
Familiares del fallecido y comunidad en general.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos Requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
El Servicio Electoral (Servel), recibe las solicitudes de cancelación de la inscripción electoral de una persona fallecida, que realizan terceros.
¿A quién está dirigido?
A familiares y en general cualquier persona que tenga conocimiento de la defunción de una persona inscrita en los Registros Electorales.
Requisitos
- Completar el formulario o enviar una carta dirigida al Director del Servicio Electoral, indicando nombre, número de Cédula de Identidad y firma del solicitante; y nombre, número de Cédula de Identidad de la persona fallecida.
- En caso de estar disponibles, incluir los datos de la inscripción electoral de la persona fallecida.
Documentos Requeridos
Original del certificado de defunción.
¿Dónde se realiza?
- En la Dirección Nacional del Servicio Electoral, Miraflores 556, Santiago, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.
- En las Direcciones Regionales del Servicio Electoral.
- En las Juntas Inscriptoras.
- Por internet en www.servel.cl, está disponible el formulario "Solicitud de cancelación de inscripción electoral por fallecimiento".
Tiempo de realización
La cancelación de la inscripción es inmediata.
Costo
Gratuito.
Resultado
Cancelación de inscripción electoral por defunción.
Observaciones
- Periódicamente el Servicio de Registro Civil e Identificación comunica al Servicio Electoral las defunciones inscritas, por tanto, este trámite es muy excepcional.
- No hay un plazo para realizarlo.
- Su validez es indefinida.

