Constatación de lesiones

Examen, formulación, diagnóstico, médico, constatando, presencia, lesiones, gravedad, ocurrencia, antigüedad, tiempo, curación, incapacidad, laboral
Última actualización: 03/11/2008

Descripción:

Examen de la persona y formulación de un diagnóstico médico constatando la presencia de lesiones, caracterizándola según su nivel de gravedad, determinando su ocurrencia y antigüedad, así como el tiempo de curación y de incapacidad laboral que provoque.

Para quién:

Persona que haya recibido lesiones físicas y/o psicológicas de carácter accidental o intencional

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Examen de la persona y formulación de un diagnóstico médico constatando la presencia de lesiones, caracterizándola según su nivel de gravedad, determinando su ocurrencia y antigüedad, así como el tiempo de curación y de incapacidad laboral que provoque.

¿A quién está dirigido?

  • A toda persona que haya denunciado haber recibido lesiones físicas y/o psicológicas de carácter accidental o intencional. Incluye los casos de agresiones por familiares, cónyuges o convivientes.
  • Los jueces con este peritaje obtienen el soporte técnico científico para la dictación de la sentencia.

Requisitos

  • Realizar la denuncia de los hechos ante Carabineros, Investigaciones o directamente en un Tribunal.
  • Si se ha recibido atención médica de urgencia por las lesiones, exigir el comprobante de atención para llevarlo al Servicio Médico Legal.
  • Solicitar hora en algunas sedes regionales.
  • En el caso que tuviese exámenes de la atención médica en su poder debe llevarlos cuando constate las lesiones.
  • Concurrir al Tribunal para ratificar la denuncia.

Documentos requeridos

  • Cédula de Identidad u otro documento de identificación (Libreta de Familia, Certificado de Nacimiento, Pasaporte).
  • Orden Judicial para exámenes de lesiones.
  • Comprobante de atención en el Servicio de Urgencia, en caso de haber sido atendido por causa de las lesiones.
  • Si es menor de edad, debe ir acompañado de un adulto portando su Cédula de Identidad.
  • Llevar al Tribunal la Orden Judicial timbrada y firmada por el Servicio Médico legal, una vez que haya sido ejecutada la atención.

¿Dónde se realiza?

  • Servicio Médico Legal de Santiago los Lunes 08:30 a 12:45 hrs. y Martes a Viernes de 08:30 a 16:00 hrs.
  • Se atiende por orden de llegada.
  • En sedes regionales solicitar hora.
  • En las localidades donde no existe Servicio Médico Legal, estas acciones son ejecutadas por otros médicos, designados como peritos (peritos ad-hoc) por los Tribunales correspondientes al lugar.

Tiempo de realización

7 a 35 días. El despacho del Informe Pericial varía dependiendo de los exámenes de laboratorio que haya solicitado el médico y de si requiere análisis de especialistas.

Costo

El trámite no tiene costo.

Resultado

Constatación de Lesiones

Observaciones

  • Los tribunales pueden solicitar al Servicio Médico Legal la realización del peritaje en el lugar de hospitalización, en caso de personas que se encuentren internadas por sus lesiones.
  • En caso de lesiones graves, sólo tiene validez legal el peritaje ejecutado por el Servicio Médico Legal.
Examen, formulación, diagnóstico, médico, constatando, presencia, lesiones, gravedad, ocurrencia, antigüedad, tiempo, curación, incapacidad, laboral

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