Constatación de lesiones
Institución:
Servicio Médico LegalÚltima actualización: 03/11/2008
Descripción:
Examen de la persona y formulación de un diagnóstico médico constatando la presencia de lesiones, caracterizándola según su nivel de gravedad, determinando su ocurrencia y antigüedad, así como el tiempo de curación y de incapacidad laboral que provoque.
Para quién:
Persona que haya recibido lesiones físicas y/o psicológicas de carácter accidental o intencional
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Examen de la persona y formulación de un diagnóstico médico constatando la presencia de lesiones, caracterizándola según su nivel de gravedad, determinando su ocurrencia y antigüedad, así como el tiempo de curación y de incapacidad laboral que provoque.
¿A quién está dirigido?
- A toda persona que haya denunciado haber recibido lesiones físicas y/o psicológicas de carácter accidental o intencional. Incluye los casos de agresiones por familiares, cónyuges o convivientes.
- Los jueces con este peritaje obtienen el soporte técnico científico para la dictación de la sentencia.
Requisitos
- Realizar la denuncia de los hechos ante Carabineros, Investigaciones o directamente en un Tribunal.
- Si se ha recibido atención médica de urgencia por las lesiones, exigir el comprobante de atención para llevarlo al Servicio Médico Legal.
- Solicitar hora en algunas sedes regionales.
- En el caso que tuviese exámenes de la atención médica en su poder debe llevarlos cuando constate las lesiones.
- Concurrir al Tribunal para ratificar la denuncia.
Documentos requeridos
- Cédula de Identidad u otro documento de identificación (Libreta de Familia, Certificado de Nacimiento, Pasaporte).
- Orden Judicial para exámenes de lesiones.
- Comprobante de atención en el Servicio de Urgencia, en caso de haber sido atendido por causa de las lesiones.
- Si es menor de edad, debe ir acompañado de un adulto portando su Cédula de Identidad.
- Llevar al Tribunal la Orden Judicial timbrada y firmada por el Servicio Médico legal, una vez que haya sido ejecutada la atención.
¿Dónde se realiza?
- Servicio Médico Legal de Santiago los Lunes 08:30 a 12:45 hrs. y Martes a Viernes de 08:30 a 16:00 hrs.
- Se atiende por orden de llegada.
- En sedes regionales solicitar hora.
- En las localidades donde no existe Servicio Médico Legal, estas acciones son ejecutadas por otros médicos, designados como peritos (peritos ad-hoc) por los Tribunales correspondientes al lugar.
Tiempo de realización
7 a 35 días. El despacho del Informe Pericial varía dependiendo de los exámenes de laboratorio que haya solicitado el médico y de si requiere análisis de especialistas.
Costo
El trámite no tiene costo.
Resultado
Constatación de Lesiones
Observaciones
- Los tribunales pueden solicitar al Servicio Médico Legal la realización del peritaje en el lugar de hospitalización, en caso de personas que se encuentren internadas por sus lesiones.
- En caso de lesiones graves, sólo tiene validez legal el peritaje ejecutado por el Servicio Médico Legal.

