Autorización para el ingreso de mercancías nacionales y extranjeras a los Centros de Exportación de Arica y Parinacota

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Última actualización: 09/08/2011

Descripción:

El interesado debe presentar una solicitud, en forma directa o a través de un agente de aduana, acompañando la documentación necesaria.

Para quién:

Personas naturales y jurídicas.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Permiso entregado por el Servicio Nacional de Aduanas, para ingresar mercancías nacionales y extranjeras a los Centros de Exportación ubicados en las Provincias de Arica y Parinacota, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.420 y sus modificaciones.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas que, cumpliendo los requisitos mediante licitación, se adjudiquen la concesión.

Requisitos

  • Los requisitos y condiciones generales de los procesos de licitación, de las bases y de los contratos de concesión relativos a la administración y explotación de los Centros de Exportación, serán establecidos mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Hacienda.
  • Se requiere que la mercancía se encuentre en Zona Primaria.

Documentos requeridos

Formulario de traslado a centro de exportación.

¿Dónde se realiza?

Aduana de Arica. Edificio Alborada, Avenida San Martín 141, piso 1. Los teléfonos de la Oficina de Informaciones son: (56 58) 207 101 - 207 100.

Tiempo de realización

El plazo legal es de 1 día.

Costo

El trámite no tiene costo.

Resultado

Certificado que autoriza el ingreso de mercancías nacionales y extranjeras a los Centros de Exportación ubicados en las provincias de Arica y Parinacota.

Observaciones

  • Mientras permanezcan en dichos centros, las mercancías se consideran extranjeras y no están afectas al pago de tributos aduaneros e IVA.
  • La venta de mercancía nacional a los comerciantes establecidos en los centros referidos se considerará exportación sólo para los efectos tributarios previstos en el DL 825/74 (IVA).
  • Estas especies podrán gozar además de los beneficios de reintegro contemplado en la ley 18.708 y pueden ser importadas a la Zona Franca de Extensión de Iquique, afectas al impuesto del Art. 11 ley N°18.211.
  • Las mercancías extranjeras podrán importarse al resto del país. Asimismo pueden reexpedirse al exterior.
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