Autorización para interrumpir permanencia en el extranjero y acogerse a franquicias aduaneras

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Última actualización: 08/10/2009

Descripción:

Califica la interrupción de la permanencia en el extranjero, de chilenos que desean acogerse a las franquicias de las Partidas 0009 y 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero.

Para quién:

Chilenos que regresan definitivamente al país.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Permiso entregado por el Servicio Nacional de Aduana, que permite a la persona interesada acogerse a las franquicias de las Partidas 0009 y 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero a las que podrían tener derecho.

¿A quién está dirigido?

Chilenos que regresan definitivamente al país.

Requisitos

  • Ser chileno.
  • Mayor de edad para impetrar los beneficios de la Pda. 0033 del Arancel Aduanero.
  • Retornar al país, después de haber residido en el extranjero a lo menos 1 año ininterrumpidamente (Partida 0033).
  • No haber impetrado la franquicia anteriormente, salvo que a lo menos hayan transcurrido 3 años desde esa fecha.
  • Las mercancías deben llegar consignadas a nombre del usuario (a).
  • Las mercancías deben ingresar al país con el usuario (a), con anterioridad o en fecha posterior, dentro del plazo de 120 días desde la fecha en que el usuario retornó al país (Partida 0009).
  • Fundamentar las razones por las cuales interrumpió su estadía en el extranjero.

Documentos requeridos

  • Solicitud simple dirigida al (a la) Director (a) Regional o Administrador (a) de Aduana correspondiente.
  • Certificado de Viajes expedido por la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional, dependiente de la Policía de Investigaciones (PDI), con antigüedad no mayor de 60 días.
  • Mandato o Poder Notarial otorgado a un Agente de Aduana o a un tercero, según corresponda.
  • Antecedentes que justifiquen la solicitud.

¿Dónde se realiza?

En la Aduana correspondiente al lugar de ingreso desde el extranjero de la mercancía.

Tiempo de realización

El plazo legal es de 10 días.

Costo

El trámite no tiene costo.

Resultado

Autorización para que los usuarios chilenos que retornan al país, puedan importar al país su menaje de casa, efectos personales y vehículo, acogidos a franquicias aduaneras

Observaciones

  • El plazo de permanencia en el extranjero se contará hacia atrás desde la fecha de regreso definitivo del beneficiario a Chile, siendo dicho plazo ininterrumpido, salvo los casos debidamente calificados por los (las) Directores (as) Regionales o Administradores (as)de Aduana.
  • Mayor información sobre normas de las Partidas 0009 y 0033 puede obtenerlas a través de www.aduana.cl.
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