Permiso para introducir desde el mar especies listadas en la convención Cites

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Última actualización: 14/12/2010

Descripción:

Permite introducir especies listadas en la convención Cites, capturadas o pescadas en aguas internacionales.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas interesadas en introducir desde el mar especies listadas en esta convención internacional.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) autoriza la introducción de especies listadas en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Nativa (Cites), provenientes de aguas internacionales.

¿A quién está dirigido?

A cualquier persona natural o jurídica interesada en introducir desde aguas internacionales cualquier espécimen (parte o derivado), listado en la convención Cites.

Requisitos

Las especies deben ser obtenidas legalmente.

Documentos requeridos

  • Documentos que prueben que los especímenes fueron obtenidos en forma legal.
  • Informe de la Autoridad Científica que determine que la introducción de los especímenes, no perjudicará la sobrevivencia de dicha especie.
  • Permiso de introducción desde el mar.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

10 días hábiles aproximadamente.

Costo

1.5 UF

Resultado

Permiso de introducir desde el mar especies listadas en la convención Cites.

Observaciones

  • De acuerdo a esta convención, existen 3 apéndices para categorizar el grado de protección de las especies.

Apéndice I: incluye las especies amenazadas de extinción, cuyo comercio debe estar rigurosamente regulado, autorizándose sólo en circunstancias excepcionales y generalmente para fines de investigación.

Apéndice II: incluye especies no necesariamente amenazadas de extinción en este momento, pero que podrían estarlo si su comercio no se regula estrictamente.

Apéndice III: incluye las especies reguladas dentro de la jurisdicción de una de las Partes y que precisan la colaboración de otras Partes para prevenir o restringir su explotación.

  • La Convención funciona en base a un sistema de permisos y certificados que se pueden expedir sólo si se cumplen una serie de condiciones y deben presentarse antes de la salida o entrada de especímenes dentro de los países firmantes.
  • Más información sobre la convención en www.cites.org
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