Autorización para importar especies acuáticas vivas

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Última actualización: 09/09/2010

Descripción:

Permite internar al país especies acuáticas vivas, por ejemplo ovas de salmónidos, abalones, ostras, langostas de agua dulce y especies ornamentales.

Para quién:

Importadores de especies acuáticas vivas.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) autoriza la importación de especies acuáticas vivas, como ovas de salmónidos, abalones, ostras, langostas de agua dulce y especies ornamentales, entre otras.

¿A quién está dirigido?

  • Importadores de ovas de salmónidos, abalones, ostras y langostas de agua dulce entre otras.
  • Importadores de especies ornamentales.
  • Importadores de especies de "primera importación".

Requisitos

  • Avisar por escrito, con 72 horas de anticipación de la llegada del embarque, a las oficinas de Sernapesca del Aeropuerto Arturo Merino Benítez y al lugar de destino, adjuntando copia del certificado sanitario y documentación de respaldo.
  • Contar con Resolución de la Subsecretaría de Pesca para importar especies.
  • En caso de especies ornamentales y especies "de primera importación", contar con Unidades de cuarentena aprobadas para cumplir con los requisitos establecidos en la Norma Técnica de Importaciones IMP/NT3.

Documentos requeridos

  • Resolución de Subsecretaría de Pesca, que autoriza al importador.
  • Acta de internación de especies hidrobiológicas.
  • Orden de cuarentena (antecedentes completados), excepto si son artemias salinas.
  • Copia de la factura comercial.
  • Copia de la guía aérea.
  • Certificado Sanitario Oficial del país de origen en original y una copia.
  • Permiso de exportación o certificado de re-exportación, según corresponda, para las especies contempladas en el convenio de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Cites), aprobado mediante decreto Ley N°873 de 1975, promulgado por D.S. N°141 de 1975, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • En caso de especies de "primera importación", que ingresan a través del DS 730/95, certificado emitido por Sernapesca (región de destino de los especímenes), donde se autoriza el funcionamiento de la Unidad Cuarentenaria.

Costo

Gratuito.

Resultado

Acta que autoriza la internación de especies vivas.

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