Permiso complementario de transporte internacional terrestre para empresas extranjeras (carga y pasajeros)

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Última actualización: 23/10/2009

Descripción:

Autorización que habilita a la empresa extranjera para realizar transporte bilateral de carga o pasajeros entre su país de origen y Chile.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas de transporte internacional que tienen domicilio en territorio de alguno de los países adherentes al A.T.I.T (Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre).

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Las personas naturales o jurídicas extranjeras que realizan transporte internacional terrestre de carga o de pasajeros deben solicitar autorización de la Subsecretaría de Transportes para poder realizar tráfico bilateral entre su país de origen y Chile.

¿A quién está dirigido?

A personas naturales o jurídicas que realizan transporte internacional y que tengan domicilio en el territorio de alguno de los países adherentes al A.T.I.T (Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre).

Requisitos

Empresa extranjera que acredite haber obtenido el permiso originario en su respectivo país.

Documentos requeridos

  1. Documento de idoneidad, anexos y
  2. Copia de escritura pública debidamente legalizada si fue otorgada en el extranjero en que la conste la designación en Chile del representante legal.

¿Dónde se realiza?

Subsecretaría de Transportes, Departamento de Asuntos Internacionales, Amunátegui Nº 139, piso 1.

Tiempo de realización

El plazo legal es de 2 días.

Costo

El trámite no tiene costo.

Resultado

Autorización empresas extranjeras de carga o pasajeros para transitar por el territorio nacional Permiso complementario provisorio, y posteriormente el Permiso Complementario defitivo. Autorizaciónes Originarias y Complementarias a empresas.

Observaciones

El permiso habilita para realizar transporte internacional desde o hacia a algún país o países adherentes al A.T.I.T.

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