Inscripción y modificaciones en Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores
Institución:
Superintendencia de Valores y Seguros (SVS)Última actualización: 20/05/2011
Descripción:
Es un requisito indispensable para operar como corredor de bolsa o agentes de valores.
Para quién:
Entidades que deseen operar como corredor de bolsa o agente de valores.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
¿En qué consiste?
La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) administra el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores.
La inscripción en dicho registro es un requisito indispensable para operar como corredor de bolsa o agentes de valores.
¿A quién está dirigido?
Entidades que deseen operar como Corredores de Bolsa o Agentes de Valores.
Requisitos
- Requisitos establecidos en el título VI de la Ley 18.045.
Documentos requeridos
- Documentación exigida en Norma de Carácter General Nº16.
¿Dónde se realiza?
- Oficina de Partes de la Superintendencia, Avda. Libertador Bernardo O'Higgins 1449, piso 1. El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
- Por internet en www.svs.cl está disponible el Formulario N°1 de Registro, Aprobaciones, Autorizaciones y Anotaciones que establece la Ley Orgánica de la SVS.
Tiempo de realización
El plazo legal es de 30 días.
Costo
10 Unidades de Fomento (U.F.)
Resultado
Inscripción en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores.

