Reemplazo de cheques fiscales

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Última actualización: 21/12/2010

Descripción:

Permite reemplazar un cheque fiscal por estar extraviado, hurtado o robado, por fallecimiento del titular, caducado, mal extendido o deteriorado.

Para quién:

Persona natural o jurídica que necesita reemplazar un cheque fiscal.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

Alternativa que entrega la Tesorería General de la República para que los contribuyentes puedan reemplazar un cheque fiscal por estar: extraviado, hurtado o robado, por fallecimiento del titular o por estar caducado, mal extendido o deteriorado.

¿A quién está dirigido?

Persona natural o jurídica que necesita reemplazar un cheque fiscal emitido por la Tesorería General de la República.

Requisitos

  • El contribuyente debe presentar la documentación específica de acuerdo a la situación que afecta al cheque fiscal.
  • El aviso debe publicarse en un diario de circulación nacional por 3 días consecutivos, o en un diario electrónico como el Diario "elmostrador.cl" y/o el Diario "lanación.cl" o cualquier otro diario electrónico, siempre y cuando cumplan las exigencias de la ley Nº 19.733.

Documentos requeridos

Si es el propio interesado:

  • Cédula de Identidad (vigente) y fotocopia de ella.

Si es un tercero:

  • Cédula de Identidad del contribuyente y del mandatario (vigentes) y fotocopia de ambas.
  • Poder Notarial que lo faculta para realizar el trámite entregado.

Si es el representante legal:

  • Tarjeta Rut del contribuyente y su correspondiente fotocopia.
  • Cédula de Identidad del representante legal y fotocopia de ella.
  • Fotocopia legalizada de la Escritura Pública de constitución de la empresa.
  • Certificado de vigencia de la Escritura Pública.

Si es una persona distinta del representante legal:

  • Rol Único Tributario del contribuyente y fotocopia.
  • Cédula de Identidad del mandatario (vigentes) y fotocopia del mismo, y fotocopia de la Cédula de Identidad del Representante legal.
  • Fotocopia legalizada de la Escritura Pública, a fin de verificar que el representante legal se encuentra facultado para delegar a uno o más mandatarios la ejecución de este trámite.
  • Certificado de vigencia de la Escritura Pública.
  • Carta poder otorgada ante Notario que debe contener la identificación y Rut del representante legal, identificación y Rut del mandatario especificando que el mandatario se encuentra autorizado para efectuar el trámite, firma del representante legal, lugar donde se extendió el poder, fecha en que fue otorgado y firma y timbre del notario.

Documentos específicos:

Para reemplazo por cheque extraviado, hurtado o robado:

  • Formulario "Solicitud de Reemplazo de Cheque".
  • Original y copia de la publicación de un aviso que debe contener:
  1. Nombre del contribuyente.
  2. Causal de la orden de no pago, ya sea por extravío, hurto o robo del cheque.
  3. "Cheque Nº (número de serie del cheque) por $ (monto del cheque)".
  4. "Cuenta Única Fiscal Subsidiaria Nº __ Banco del Estado".
  5. Fecha del Giro (fecha de emisión del cheque).
  • El aviso debe publicarse en un diario de circulación nacional por tres días consecutivos, o en un diario electrónico como el Diario "elmostrador.cl" y/o el Diario "lanación.cl" o cualquier otro diario electrónico, siempre y cuando cumplan las exigencias de la ley Nº 19.733.
  • Fotocopia de la Solicitud "Orden de no pago" emitida por el BancoEstado y que debe el mismo contribuyente solicitar en dicha institución.

Para el reemplazo por cheque extendido a un fallecido:

  • Formulario "Solicitud de Reemplazo de Cheque", que se encuentra disponible en cualquier Tesorería Regional o Provincial.
  • Cédula de Identidad del fallecido y del representante legal designado por la sucesión y fotocopia de los mismos.
  • Copia del auto de Posesión Efectiva, en el que debe constar registrado el representante legal designado por la sucesión y en el inventario correspondiente debe aparecer mencionados los datos del cheque y el monto.
  • Mandato para acreditar a quién se efectuará el reemplazo del cheque (representante nombrado o sucesión).

Para el reemplazo por cheque caducado, deteriorado y/o mal extendido:

  • Formulario "Solicitud de Reemplazo de Cheque", que se encuentra disponible en cualquier Tesorería Regional o Provincial.
  • Cheque fiscal original emitido al contribuyente, ya sea que se encuentre caducado, mal extendido o deteriorado.
  • Fotocopia de la Solicitud "Orden de no pago" emitida por el BancoEstado.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

El reemplazo del cheque se concretará a más tardar al 5º día hábil contado desde la fecha de presentación de su solicitud y toda la documentación específica, según el caso, en la Tesorería Regional o Provincial.

Costo

Gratuito.

Resultado

Emisión de nuevo cheque fiscal, que se enviará por correos al domicilio indicado por el contribuyente; o bien depósito en la cuenta bancaria (corriente, a la vista o de ahorro), según lo que señale el contribuyente en su "Solicitud de Reemplazo de Cheque".

Observaciones

  • El período de caducidad para el cobro de cheques emitidos por la Tesorería General de la República es de 60 días corridos, para cobrarlo en la misma plaza donde éste se emitió y 90 días corridos para hacerlo en una plaza distinta de la de emisión del cheque.
  • En las oficinas del Servicio de Tesorerías se pueden consultar los datos referidos al número de serie, fecha y monto del cheque, así como del número de la cuenta fiscal subsidiaria.
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