Fondo concursable para Asociaciones de Consumidores
Institución:
Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)Última actualización: 05/11/2010
Descripción:
Postulación al Fondo Concursable para Asociaciones de Consumidores, para obtener el financiamiento total o parcial, de sus proyectos de difusión de la Ley del Consumidor y sus regulaciones complementarias.
Para quién:
Para Asociaciones de Consumidores.
Formularios:
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos Requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Este Fondo Concursable del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) financia, total o parcialmente, proyectos de difusión de la Ley del Consumidor y sus regulaciones complementarias; de información, orientación y educación a los consumidores para el adecuado ejercicio de sus derechos y brindarles asesoría cuando la requieran; realización de estudios y propuestas encaminadas a la protección de los derechos de los consumidores y efectuar o apoyar investigaciones en el área del consumo y participar en los procesos de fijación de tarifas de los servicios básicos domiciliarios, conforme a las leyes y reglamentos que los regulen.
Las Asociaciones legalmente constituidas deben postular, de acuerdo a las Bases que anualmente aprueba el Consejo de Administración del Fondo Concursable, sus proyectos.
¿A quién está dirigido?
- Sólo para aquellas Asociaciones de Consumidores que se encuentren legalmente constituidas, de acuerdo a la Ley del Consumidor.
- Es decir, las Corporaciones y las Asociaciones de Consumidores constituidas como asociación gremial ante el Ministerio de Economía. Ver Información
Requisitos
- Los requisitos específicos de la postulación a los concursos son aprobados anualmente por el Consejo de Administración del Fondo Concursable.
- Los recursos del Fondo no pueden ser destinados al financiamiento, directo o indirecto, de acciones o actividades relacionadas con la representación de los miembros de las Asociaciones de Consumidores y el ejercicio de las acciones a que se refiere la Ley Nº 19.496, ni destinarse a financiar la representación del interés individual, como del colectivo y difuso de los consumidores/as ante las autoridades jurisdiccionales o administrativas.
Documentos Requeridos
- Al momento de la postulación de cada proyecto, la Asociación de Consumidores deberá presentar los siguientes antecedentes:
- Formulario Único de Postulación, debidamente completado;
- Certificado de vigencia de la Asociación de Consumidores, con individualización de su Directorio, extendido por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, válido al tiempo de la postulación;
- Declaración jurada simple del Directorio de la Asociación, que señale que ésta no se encuentra en alguno de los supuestos previstos en el artículo 9° de la Ley Nº 19.496 y sus modificaciones;
- Fotocopia autorizada ante Notario de la Cédula Nacional de Identidad del/la representante legal de la Asociación;
- Al menos tres cotizaciones que respalden las solicitudes presupuestarias del proyecto, para la compra de bienes y servicios de empresas comerciales, a menos que se justifique la imposibilidad de obtenerlas.No se requerirán cotizaciones en la contratación de servicios personales.
- Currículo de los/as profesionales, técnicos o expertos/as calificados que se proponen.
¿Dónde se realiza?
- La presentación de proyectos puede hacerse en cualquier Dirección Regional del Servicio Nacional del Consumidor.
Tiempo de realización
No informa
Costo
No informa
Resultado
- Postulación a Fondo Concursable.
Observaciones
- Las consultas generales de los procesos de postulación pueden hacerse al Secretario Ejecutivo del Consejo de Administración del Fondo Concursable al correo electrónico: ncorvalan@sernac.cl

