Autorización sanitaria para la disposición de residuos industriales sólidos no peligrosos (RISNP)
Institución:
Autoridad Sanitaria MetropolitanaÚltima actualización: 22/04/2010
Descripción:
Autorización sanitaria que permite la disposición de los residuos industriales no peligrosos dentro y fuera del predio industrial, local o lugar de trabajo, excepto aquellos que sean declarados como asimilables a residuos domésticos hasta 224 (kg/mes) ó 1600 (l/mes).
Para quién:
Personas naturales o jurídicas responsables de establecimientos industriales que, producto de sus procesos u operaciones, generan algún desecho sólido industrial.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Se consideran residuos industriales sólidos aquellos desechos o residuos sólidos, semisólidos o líquidos envasados, resultantes de cualquier proceso industrial que no son reutilizados, recuperados o reciclados en el mismo establecimiento industrial.
Todos aquellos definidos como "Residuos o desechos sólidos industriales no Peligrosos (RISNP)" de acuerdo a Resolución 5081/93 de la Seremi de Salud RM, se deben declarar en esa institución.
Para hacerlo, el interesado debe:
- Solicitar un formulario de Autorización de Tratamiento y/o Disposición Final de Residuos Sólidos Industriales para Generadores en Oficina de Atención al Usuario de la Seremi de Salud RM.
- Completar la solicitud, es necesario acompañarla con los antecedentes correspondientes y presentarla en Oficina de Atención al Usuario de la Seremi de Salud RM.
- La Seremi de Salud emitirá un documento de respuesta (Resolución Sanitaria) el cual debe ser retirado en Oficina de Atención al Usuario, presentando el comprobante de trámite correspondiente.
- Si los residuos declarados son asimilables a residuos domésticos (cuya cantidad total sea inferior a 224 kilogramos/mes o a 1.600 litros/mes) la declaración será timbrada señalando que dichos residuos no requieren autorización sanitaria, efectuándose su disposición final mediante recolección municipal.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas responsables de establecimientos industriales que producto de sus procesos u operaciones generen algún desecho sólido industrial.
Requisitos
- El solicitante debe conocer los tipos y cantidad de residuos que genera la instalación.
- Este trámite es válido sólo para residuos sólidos industriales no peligrosos (RISNP)
- Indicar un destinatario autorizado por la Seremi de Salud R.M.
- Indicar un transporte autorizado por la Seremi de Salud correspondiente al domicilio del propietario del vehículo.
Documentos requeridos
- En caso que el destinatario se ubique fuera de la Región Metropolitana, se debe adjuntar su Resolución Sanitaria. Lo mismo sucede en el caso del Transportista, si éste no ha sido autorizado en la Región Metropolitana.
- Ante la duda de una potencial peligrosidad del residuo, se podrá acompañar los análisis que respalden la no peligrosidad del residuo, tales como: Test de lixiviación, inflamabilidad, reactividad, corrosividad u otro que sea necesario.
¿Dónde se realiza?
- Oficina de Atención al Usuario de la Seremi de Salud RM ubicada en Paseo Bulnes 194 de la comuna de Santiago.
- Horario de atención de Lunes a Jueves de 9:00 a 13:30 y Viernes de 9:00 a 13:00 hrs.
Tiempo de realización
En promedio, 60 días hábiles.
Costo
No tiene costo.
Resultado
Si el residuo industrial efectivamente no es peligroso, se entregará una Resolución Sanitaria que autoriza su disposición
Observaciones
- En el caso de los residuos peligrosos, estos se rigen por el Decreto Supremo 148/2003 del Ministerio de Salud, este se encuentra disponible en la página www.asrm.cl .En este caso debe acogerse al sistema de declaración y seguimiento de Residuos Peligrosos. No debe presentar una solicitud de disposición, sino sólo declararla mediante el formulario o a través del sistema SIDREP.
- Para los residuos no peligrosos, estos se rigen por la Resolución 5081/2003 del SESMA, que se encuentra disponible en la página www.asrm.cl.
- El lugar final donde los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos (destinatario), deberá contar con la autorización sanitaria correspondiente.

